REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 24 de Febrero de 2016
205º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : PP21-L-2015-000496
PARTE ACTORA: JOSE TOVAR, titular de la cedula de identidad N° 11.848.711.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: VERA PIETROSANTI, inpreabogado N° 77.579.
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA Y TRANSPORTE LA COROMOTO CA. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa bajo el N° 54, Tomo 268-A, de fecha 09-12-2008; representada por el ciudadano GUSTAVO REY PRADA, titular de la cédula de identidad número 13.585.125
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALBARRAN DELGADO DASNILO OMAR y SUAREZ GABRIEL OSWALDO, titular de la cedula de identidad n° 9.566.405 y 14.113.375, inpreabogados 151.885 y 162.948.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCESO POR INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE AL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy, 24 de Febrero de 2016, siendo las 10:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, el alguacil de este Circuito Judicial FELIX QUINTANA anuncia el acto, y se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano JOSE TOVAR ni por sí o por medio de apoderados judiciales alguno, de igual forma se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada AGROPECUARIA Y TRANSPORTE LA COROMOTO CA, a través de su apoderado judicial ALBARRAN DELGADO DASNILO OMAR y SUAREZ GABRIEL OSWALDO, cualidad que se evidencia de poder que consigna en este acto para ser agregado al acta. Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte demandante este Tribunal procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por tanto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por el ciudadano JOSE TOVAR contra AGROPECUARIA Y TRANSPORTE LA COROMOTO CA.
Se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez quede firme la presente sentencia.
LA JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. MARIA EUGENIA CORTEZ, ABG. MARLENE RODRIGUEZ,
LOS PRESENTES
LA PARTE DEMANDADA EL ALGUACIL
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