REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, doce (12) de julio de 2016.
206º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: GREGORIA VIRGINIA GONZALEZ DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.057.652, domiciliada en el Barrio Bolívar, Calle 2, Municipio Esteller Estado Portuguesa, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOEL ANTONIO LINAREZ LUGO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.282.427, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 161.234; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por las ciudadanas: YSABEL DEL CARMEN CARRILLO ESCALONA, venezolana, de 45 años de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.546.075, de profesión u oficios Del Hogar, domiciliada en el Barrio Bolívar, Calle 2, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa y ROSMARY DEL CARMEN ROJAS GARCIA, venezolana, de 32 años de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.861.956, de profesión u oficios Ama de Casa, domiciliada en el Barrio Bolívar, Calle 3, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa; consta que la referida ciudadana, sobre una (1) parcela de terreno propiedad del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, que mide CUATRO METROS CON TRES CENTIMETROS (4,3ml) de frente, por TREINTA Y TRES METROS SESENTA Y CINCO (33,65ML) de fondo, para un área total de TRECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SEIS CENTIMETROS (375,06 M2) de terreno y TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (31.02 M2) en el área de construcción, aproximadamente, ubicado en la: En el Barrio Bolívar, calle 2, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Final Callejón 03; SUR: Solar y casa de Rodolfo García; ESTE: Terreno Municipal; y OESTE: Calle sin numero. Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por unas mejoras y bienhechurías, consistentes en una casa de uso familiar construida con las siguientes características: Estructura de bloques, Techo de zinc, Piso de cerámica, cercada con bloque; distribuída en los siguientes ambientes: tres (03) dormitorio, una (01) sala, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) porche de platabanda; con una superficie aproximada de construcción de CUATRO METROS CON TRES CENTIMETROS (4,3ml) de frente, por TREINTA Y TRES METROS SESENTA Y CINCO (33,65ML) de fondo, para un área total de TRECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SEIS CENTIMETROS (375,06 M2) de terreno y TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS (31.02 M2) en el área de construcción; habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,°°) equivalente a ONCE MIL TRECIENTAS UNIDADES TRIBUTARIAS (11.300 U.T.) sin el terreno