REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, Diecinueve (19) de Julio de dos mil Dieciséis (2016).
206º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: PASTORA GUDILA SOTO VALERA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.316.886, domiciliada en la calle 02, casa N° 16531, Urbanización Lucía Barrios, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio LUIS GUILLERMO TORREALBA COLMENÁREZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.661.835, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 153.721; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por las ciudadanas: ABAS RAMON GIL, venezolano, de 70 años de edad, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.123.335, de profesión u oficios Transportista, domiciliado en la siguiente dirección Carrera 9, frente la estación de servicio el Progreso, Pueblo Nuevo, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa y ERWINO SANTO MARTINEZ CORDOVA, venezolano, de 57 años de edad, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.369.704, de profesión u oficios TSU Agrícola, domiciliados en la siguiente dirección Calle 8, entre Carrera 7 y 8, Sector Centro, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa; consta que la referida ciudadana, sobre un (1) lote de terreno pertenecientes a los Ejidos del Municipio Turén, que mide un área total de DOCE METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (12,50 M2) de frente por VEINTE METROS CON OCHENTA CENTÍMETROS (20,80 M2), para un área total de DOSCIENTOS SESENTA Y UN METROS CON SESENTA Y TRES CENTÍMETROS (261,63 M2)aproximadamente, ubicado en la Calle 2, Casa Nº 16531, Urbanización Lucía Barrios, Píritu, Municipio Esteller, Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Solar y Casa de Raquel Azuaje, en: (12,75 ML); SUR: Calle 02, en (12,50 ML); ESTE: Solar y Casa de Marbella Buenaventura, en: (20,80 ML); y OESTE: Solar y Casa de Carmen Bastidas, en (20,65 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por unas mejoras y bienhechurías, consistentes en un inmueble tipo casa quinta, con las siguientes características: Paredes de bloques, Estructura de concreto, Techo de Platabanda, Piso de Baldosas, sistema de electricidad embutida; distribuída en los siguientes ambientes: Tres (3) baños, Tres (3) dormitorios, Una (1) sala-comedor, Una (1) cocina; con una superficie aproximada de construcción de CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS (173,35 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.336.400,ºº) equivalente a Trece Mil Doscientos Unidades Tributarias (13.200 U.T.).
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