Vista la anterior diligencia suscrita por el Abogado Víctor Manuel Rivero Bastidas, actuando en su carácter Apoderado Judicial del ciudadano Héctor Gregorio Gonzalez Graterol, en la cual desiste del procedimiento, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derecho disponibles. Asimismo se suspende la medida de Secuestro, librado con oficio Nº 381 de fecha 28 de septiembre de 2015, al Director del Centro de Coordinación Policial de Transito Terrestre Portuguesa, con sede en Guanare. Se ordena el archivo del presente expediente.
La Jueza;
Abg. Thayrhayr Sáez de Oliveros
La Secretaria
Abg. Maritza del Carmen Artigas
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.