REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 09 de marzo de 2016
205º y 157°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal, interpuesta por la ciudadana SUHAIL MARINET AZUAJE, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.346.617; Rif N° V- 14.3466171; hábil y domiciliada en la Avenida 4, con Calle 3 Casa S/N, Barrio José Antonio Páez, Villa Bruzual, Estado Portuguesa, asistido por el Abogado en ejercicio CARIM EL NIMER MANSOUR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.486.432 Rif N° V-134864326, civilmente hábil y domiciliado en la Avenida Ricardo Pérez Zambrano, Edificio Hermanos Nimer, Piso 3, Apto 3-3, Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.943. Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: PEDRO MANUEL BONILLA HERNANDEZ y JOHNNY DE JESUS PERALTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.599.524 y V-11.547.337, respectivamente, civilmente hábiles y domiciliados en el Municipio Turén, Estado Portuguesa.
Consta que la solicitante, sobre una parcela de terreno propiedad municipal ubicada en la Avenida 4, Barrio José Antonio Páez, Villa Bruzual, Estado Portuguesa, y que tiene una superficie aproximada de CIENTO SESENTA CON CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS (160, 53 Mts2), cuyos linderos son: NORTE: Bienhechurías que son o fueron de María Colmenarez en VEINTE CON DIEZ METROS (20,10 MTS): SUR: Terreno ocupado por Iris Guevara en DIECISEIS CON SETENTA Y CINCO METROS (16,75 MTS)-TRES METROS (3,00 MTS); ESTE: Av. 4, Barrio José Antonio Páez que es su frente en OCHO CON DIEZ METROS (8,10 MTS) y OESTE: Terreno ocupado por Alirio Colmenarez en SIETE CON SESENTA Y CINCO METROS (7,65 MTS), según consta en Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal, Cédula Catastral y Plano de Mesura, signado con el N° 18 14 01 U00 006 010 01 2 emitido por la dirección de catastro de la Alcaldía del Municipio Turén, Estado Portuguesa, de fecha 26 de Junio de 2015. Terreno donde construyó a su propia y única expensa y con dinero de su propio peculio, unas mejoras y bienhechurías, consistentes en: Una casa de habitación, con techo de platabanda, estructura de hierro, piso de cemento, paredes de bloque, puertas y ventanas de hierro, para un total de TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN (38,00 MTS2), habiendo invertido en dicha construcción DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 250.000,00), que equivalen a (1.412,43 U.T.).
En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia, este Tribuna Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana SUHAIL MARINET AZUAJE, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: cédula catastral, plano de mesura, certificado de empadronamiento emitidos por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén Estado Portuguesa, Carta de Ocupación y Constancia de Residencia del Consejo Comunal Barrio José Antonio Páez, Turén, Estado Portuguesa, Solvencia Municipal, Copia fotostática de las Cédulas de Identidad de solicitante, testigos y abogado asistente, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. LILIA YELITZA VIZCAYA R El Secretario Suplente,
Abg. DANIEL A. FUSCO M.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 14.591-2016
LYVR/DAFM/memo
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