REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, Dieciséis (16) de Marzo de dos mil Dieciséis (2016).
205º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: FRANCISCO RAMÒN DOMINGUEZ SÀNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.544.186, domiciliado en el Barrio 3 de Junio, Callejón 5, Píritu, Municipio Esteller, estado Portuguesa, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio DHAYANA VANESSA CAMACHO RODRÌGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 218.150; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por los ciudadanos: EDGAR ALEXANDER GUTIERREZ, venezolano, de 42 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.963.382, de profesión u oficios Oficial de seguridad, domiciliado en la Calle 7, Barrio 3 de Junio, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa y WISTER ALEXANDER GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, de 34 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.041.630, de profesión u oficios Trabajador del Ministerio Ecosocialismo y agua, domiciliado en la Calle 2 con Carrera 2, Barrio Padre Esteller, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa; consta que los referidos ciudadanos, sobre un (1) lote de terreno pertenecientes a los Ejidos del Municipio Turen, que mide un área total de TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON ONCE CENTÍMETROS (376,11 M2), aproximadamente, ubicado en: Barrio 3 de Junio, Callejón 5, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Solar y Casa de Nancy Linàrez, en: (25.40 ML); SUR: Terreno ocupado por Yuscaris Pérez, en (25.40 ML); ESTE: Calle 05, en: (15.00 ML); y OESTE: Solar y Casa de Maritza Vargas, en: (15.00 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por unas mejoras y bienhechurías, consistentes en una casa familiar construida con las siguientes características: paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, ventanas de macuto, puertas de hierro, cerca de alambre; distribuída en los siguientes ambientes: Dos (2) cuartos, Un (1) baño externo, una (1) sala comedor, Una (1) cocina, Una (1) puerta de madera, tres (3) puertas de hierro y un (1)protector, Cuatro (4) ventanas, dos de ellas con protectores, dos (2) protectores con marco para aire acondicionado, servicio eléctrico interno, servicio de aguas blancas y aguas negras, con una superficie aproximada de construcción de CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREUINTA Y SEIS CENTÌMETROS (59,36 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,°°) equivalente a Dos mil Ochocientas Veinticuatro punto Ochenta y Seis Unidades Tributarias (2.824,86 U.T.). Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante, por el ciudadano: FRANCISCO RAMÒN DOMINGUEZ SÀNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.544.186, sobre las bienhechurías determinadas, ubicadas en la siguiente dirección: Barrio 3 de Junio, Callejón 5, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.
EL JUEZ,



ABG. MIGUEL RAFAEL QUIÑÓNEZ GONZÁLEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. LEIDIS LAMEDA.
SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO Nº 1.089/2016
yga.-