PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, diez de mayo de dos mil dieciséis
204º y 156º


ASUNTO: PP01-L-2016-000029


PARTE DEMANDANTE: SORELYS COROMOTO ESCOBAR VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cé¬du¬la de Identi¬dad Nº 17.259.447, de éste domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: Edith Racelys Gonzalez, inscrita en el I.P.S.A, bajo el numero 143.183
PARTE DEMANDADA: Tatiana del Valle Tapia, titular de la cedula de Identidad Nº 10.723.288
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Damaris Méndez y Carlos Gudiño, inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nº. 24.864 y 130.283
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.


DEL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Hoy, 10 de mayo de 2015, siendo las 9:30 a. m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el alguacil de guardia anuncio el acto en tres oportunidades y este Juzgado deja expresa constancia de la comparecencia de los abogados Damaris Méndez y Carlos Gudiño, inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nº. 24.864 y 130.283, apoderados de la ciudadana Tatiana del Valle Tapia, titular de la cedula de Identidad Nº 10.723.288 y de la INCOMPARECENCIA de la ciudadana SORELYS COROMOTO ESCOBAR VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cé¬du¬la de Identi¬dad Nº 17.259.447, de éste domicilio, quien no se presenta ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por tanto este Juzgado ante la incomparecencia de la parte demandante aplica las consecuencias establecidas en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. La parte demandada solicita copia simple de la presente acta la cual es acordada. Leída la presente acta conforme firman.

La Juez,


Abg. DELIVETT QUEVEDO VAZQUEZ.


Apoderada Judicial de la Demandada

Abg. Damaris Méndez Abg. Carlos Gudiño





La Secretaria


Abg. Josefa Carmona