REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 10 de mayo de 2016
206º y 157°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal, interpuesta por la ciudadana ALEIDA MARISOL TORREALBA SERENO, mayor de edad, venezolana, Comerciante, soltera, civilmente hábil domiciliada en la avenida 1-A, Barrio La Lucha I, Parroquia Canelones, Municipio Turén Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.638.348, asistida por el Abogado en ejercicio JULIO DE LA CRUZ URE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 155.499- Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurias a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: SARA DEL CARMEN GOMEZ y NORKYS DEL VALLE TORRES, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.638.348 y V-12.088.053, respectivamente, civilmente hábiles y de su mismo domicilio.
Consta que la solicitante, ha venido poseyendo una parcela de terreno perteneciente a los ejido Municipales del Municipio Turén del Estado Portuguesa, ubicada en la avenida 1-A, Barrio La Lucha I, Parroquia Canelones, Municipio Turén del Estado Portuguesa, con los siguientes linderos: NORTE: Con biehechurias que son o fueron de Aída Román en 30,40 metros lineales, SUR: Con bienhechurias que son o fueron de Marian Méndez 30,40 metros lineales, ESTE: Con bienhechurias que son o fueron de Marisela Jiménez en 14,70 metros lineales, OESTE: Con bienhechurias que son o fueron de Avenida 1-A (Que es su frente ) en 14,70 metros lineales, por un área total de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS (446,88 M2), según se puede evidenciar en la cedula catastral N° 18-14-02-R00-014-008-013, emitida por la Dirección de Catastro Comunal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén del Estado Portuguesa, para un área de construcción de SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETRO (73,81 M2), consistente de una casa de habitación familiar de la siguiente características: con paredes de bloques, techo de Zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, consistente de dos (2) habitaciones, sala comedor, baño, cocina, lavadero, provista de los servicios sanitarios, el valor invertido en la construcción de las mejoras y bienhechurias es de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) equivalente a DOS MIL UNIDADES TRIBUTARIAS ( 2.000 U.T.).
En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia, este Tribuna Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana ALEIDA MARISOL TORREALBA SERENO, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurias, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó:, plano de mesura, cédula catastral, Certificado de empadronamiento, emitidos por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Copia fotostática de las Cédulas de Identidad de solicitante y testigos, Carta de ocupación, Constancia de Residencia, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurias, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,

Abg. LILIA YELITZA VIZCAYA R El Secretario Suplente,

Abg. DANIEL A. FUSCO M.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:

Solicitud Nº 14.600-2016
LYVR/DAFM/oma