REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, diez (10) de mayo de 2015.
206º y 157º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ANA MARÍA SÁNCHEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.295.148, domiciliada en la carrera 10 entre calles 08 y 09, Sector Centro, Píritu Municipio Esteller del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio BEATRIZ COROMOTO GÓMEZ TOVAR, titular de la cedula de identidad Nº V-9.563.011, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 159.228, con domicilio procesal en la carrera 11 entre Calles 12 y 13, barrio Bumbí, Sector II, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa; donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de posesión que alega tener sobre las bienhechurías a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por las ciudadanas: MARÍA TERESA ESCORCHA RODRÍGUEZ, venezolana, de 29 años de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.946.457, de profesión u oficios Comerciante, domiciliada en la calle 13 esquina carrera 10, casa 12-87, Barrio Bumbí 3, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa y ELIO OMAR PERAZA SIRA, venezolano, de 26 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.052.627, de profesión u oficios Educador, domiciliado en la calle 13 esquina carrera 10, casa 12-87, Barrio Bumbí 3, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa; consta que la referida ciudadana, sobre un (1) lote de terreno pertenecientes a los Ejidos del Municipio Turén, que mide CUATRO METROS CON TRES CENTIMETROS (4,3ml) de frente, por TREINTA Y TRES METROS SESENTA Y CINCO (33,65ML) de fondo, para un área total de CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTÍMETROS (148,18 M2), aproximadamente, ubicado en la: Carrera 10, entre calles 8 y 9, Sector Centro, Píritu, Villa Bruzual, Municipio Turén, Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Solar y casa de Rita Lucena, en: (33,65 ML); SUR: Solar y casa de Hilda Solano, en (33,65 ML); ESTE: Carrera 10, en: (04,03 ML); y OESTE: Solar y casa de Nahin Perozo, en: (04,50 ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por unas mejoras y bienhechurías, consistentes en una casa de uso familiar construida con las siguientes características: Estructura de concreto y metálica, Paredes de bloques, friso liso, Techo de zinc, Piso de cemento pulido, Pintura de caucho; distribuída en los siguientes ambientes: dos (2) dormitorios, una (1) sala, un (1) baño, una (1) cocina, tres (3) puertas de hierro, cinco (5) ventanas batientes, con todos sus servicios básicos tales como electricidad, acueducto, cloacas, pavimento, aceras, alumbrado público; con una superficie aproximada de construcción de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTÍMETROS (167,73 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,°°) equivalente a Dos Mil Ochocientas Veinticuatro punto Ochenta y Cinco Unidades Tributarias (2824.85 U.T.).