Por cuanto la parte demandante, no estuvo de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el ciudadano Brumer Javier Viera Cardoza, se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase lo ordenado.

La Jueza,
Abg. Thayrhayr Sáez de Oliveros
La Secretaria,
Abg. Maritza del Carmen Artigas