REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Villa Bruzual, 13 de octubre del 2016.
206º y 157°
DECRETO
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, que por Distribución correspondió a este Tribunal interpuesta por el ciudadano: XABIER ALEJANDRO CALZADA TORREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.425.676, domiciliado en la avenida 2, barrio La Jacobera del Municipio Turén del Estado Portuguesa, asistido por la Abogada en ejercicio VIRNEYDIS ALEXANDRA PEREZ TORRES, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 186.141, Solicita que la anterior diligencia sea declarada suficiente para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre unas mejoras y bienhechurías a que ellas se contraen. De las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por las ciudadanos: OSCAR JAVIER TORREALBA CASTILLO y NAIBER JOSE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-20.157.995 y V-15.493.884, respectivamente, civilmente hábiles y de este domicilio.
Consta que el solicitante, ha fomentado unas mejoras y bienhechurías sobre un lote de terreno pertenecientes a los ejidos del Municipio Turèn del Estado Portuguesa, con un Área de terreno de Cuatrocientos Trece Metros Cuadrados con Cuarenta y Siete Centímetros ( 413,47 m2) y un Área de construcción de Ciento Diez Metros Cuadrados con Dieciséis Centímetros (110,16 m2) pertenecientes a los ejidos Municipales, según consta en Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal Nro. 18-14-01-U00-009-003-035, emitida por el Departamento de Catastro del Municipio Turén del Estado Portuguesa, en fecha: 05-09-15, ubicada la avenida 2, barrio La Jacobera del Municipio Turén del Estado Portuguesa, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Bienhechurias que son o fueron de Oswaldo Álvarez y Rafael Chirinos en 11,40-19,75 ML; SUR: Bienhechurias que son o fueron de Eliécer Hernández en 33,00 ML. ESTE: Bienhechurias que son o fueron de Josefina Reyes en 12,40 ML y OESTE: avenida 2, Barrio La Jacobera que es su frente en 14,50 ML. Consta que el solicitante a construido una casa Familiar, fabricada con Paredes de Bloque, Piso de Cerámica, con cuatro (4) habitaciones, Un (1) baño, Una (1) sala, Un (1) Comedor, una (1) Cocina, Dos (2) Puertas, Seis (6) ventanas, Techo de Acerolit, Cerca con Paredes de Bloques, Con Servicios de Energía Eléctrica, Instalación de Aguas Blancas y Negras donde ha invertido la suma de: QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs548,700,00), equivalentes a Tres Mil Cien ( 3.100) Unidades .Tributarias.
Por cuanto no ha habido oposición, éste Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadano: XABIER ALEJANDRO CALZADA TORREZ, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó, copia fotostática de la Cédula de Identidad del solicitante y de los testigos, Cédula Catastral expedida por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Certificado de Solvencia de Inmuebles Urbanos y Aseo emitido por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Turén; Constancia de Residencia, para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías, dentro del terreno referido. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas, dejando en su lugar una fotocopia de las mismas para certificar, destinadas para el archivo del Tribunal, para lo cual deberá consignar los emolumentos requeridos a tal efectos.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Tercero del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Villa Bruzual, a los trece (13) días del mes de octubre del Dos Mil Dieciséis.

LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
EL SECRETARIO
AB. RAUL DELGADO. .

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de catorce ( 14 ) folios útiles.-
Conste