REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete (27) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-002270

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ARGENIS RAFAEL PEÑA, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad No. 7.311.955 y falleciera ab-intestato, en fecha trece (13) de febrero del 2016, a favor de los ciudadanos RODERICK RAFEL PEÑA HERNANDEZ, MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DE PEÑA, YANETH CAROLINA PEÑA HERNANDEZ, ESCARLIS CAROLINA PEÑA HERNANDEZ Y GREDIMAR CAROLINA PEÑA APOSTOL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.667.319, V-6.575.838, V-14.335.284, V-24.158.857 y V-24.394.043, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.
La Juez Provisoria,

Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
El Secretario Temporal

LUIS FERNAND RUIZ HERNANDEZ


DPB/LR/OG