Republica Bolivariana de Venezuela
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con Competencia en Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Extensión - Acarigua
Acarigua, 05 de Abril de 2017
207° y 158º


Revisada como ha sido la presente causa y siendo la oportunidad para dictar la respectiva dispositiva, este Tribunal observa que los solicitantes ciudadanos LILIBETH COROMOTO SEGOVIA CASTILLO y JOSE ANTONIO RODRIGUEZ PERAZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° V-22.096.977 y V-14.981.442 respectivamente, no establecieron los términos bajo los cuales debe ser cumplido el Régimen de Convivencia Familiar; por lo que este Tribunal previene a los prenombrados ciudadanos especifique en forma clara las condiciones que deben regir la convivencia familiar entre el progenitor y sus hijos, a los fines de que aclaren el como quedara establecido el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR y una vez que se cumpla con lo ordenado, este Tribunal se pronunciara sobre la homologación solicitada. Cúmplase.-



LA JUEZ,


ABG. ELISENDA ALVAREZ DE NOGUERA

Secretario,


ABG. EDGAR RANGEL






EXP. Nº H-2017-000214
EER/raq