REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO

Acarigua, 20 de Febrero de 2017 Años: 206° y 157°


Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por los ciudadanos FERRER RAMOS JOSÉ RAFAEL y COLMENAREZ DE FERRER MARITZA DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros., V-9.838.456 y V-9.842.847, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSÉ CRISPIN OROZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.559, mediante el cual solicitan que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.

Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: RODRÍGUEZ DELGADO LISBETH DEL CARMEN y OROZCO VALERA JOSÉ ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.365.319 y V-12.265.666, respectivamente, que se relaciona con el código catastral N° 18-08-01-U-01-017-012-013-000-000-000, que corre al folio catorce (14), consta que los solicitantes poseen una parcela de terreno propio según consta en documento registrado por ante la Oficina de Registro Público de Acarigua, estado Portuguesa, bajo el N° 2016-1422, Asiento Registral 1 Inmueble matriculado con el N° 407.16.6.1.1914 correspondiente a los Libros del Folio Real de fecha 30 de noviembre de 2016 y bajo el N° 2016-1422, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el N° 407.16.6.1.1914 correspondiente a los Libros de Folio Real de fecha 30 de noviembre de 2016, que mide: TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y UN CENTIMETROS (368,61 M2) y un área de construcción de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (192,42 M2), ubicado en el Barrio Ajuro, calle 37, entre avenidas 45 y 45-A, casa sin numero, Acarigua Municipio Páez, estado Portuguesa y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: JULIO ANTONIO CEDEÑO. SUR: MARIA FUENTE. ESTE: CALLE 37 y OESTE: MARIA ZABALETA; han conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de sus propio peculio unas mejoras o bienhechurías consistentes en: Una casa con las siguientes características: Tres (3) habitaciones con closet, recibo, comedor, cocina, baños con sus accesorios, lavadero, puertas de madera y de hierro, ventanas tipo macuto con protectores de hierro, piso de cemento pulido, porche de platabanda, garaje techado con platabanda, una habitación para deposito en la parte lateral, cercada totalmente con paredes de bloques y portón de hierro y en su frente con rejillas y puerta de hierro. Que invirtió en las mejoras o bienhechurías la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.5 00.000,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a los ciudadanos: FERRER RAMOS JOSÉ RAFAEL y COLMENAREZ DE FERRER MARITZA DEL CARMEN, antes identificados, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Documento de propiedad emanado del Registro Público del Municipio Páez del estado Portuguesa, bajo el N° 2016-1422, Asiento Registral 1 Inmueble matriculado con el N° 407.16.6.1.1914 correspondiente a los Libros del Folio Real de fecha 30 de noviembre de 2016. 2.) Solvencia Municipal, emanada de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, del Estado Portuguesa, de fecha 27-10-2016. 3.) Documento de propiedad emanado del Registro Público del Municipio Páez del estado Portuguesa, bajo el N° 2016-1422, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el N° 407.16.6.1.1914 correspondiente a los Libros de Folio Real de fecha 30 de noviembre de 2016. 4.) Certificado de Empadronamiento, de fecha 07-07-2016, según código catastral N° 18-08-01-U-01-017-012-013-000-000-000, emanado de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, del Estado Portuguesa. 5.) Croquis Catastral N° 18-08-01-U-01-17-12-13-000-000-000, de fecha 07-06-2016, emanado de la Dirección Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, del Estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
La Juez,

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.-
La Secretaria,

Abg. Aura Estela Rangel Romano.-
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de veintitrés (23) folios útiles.- Conste.-
Secretaria,
Solicitud N° S-355/2017.-
adriana-