REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Agua Blanca, 16 de Febrero de 2017
205° y 156°
SOLICITUD 803-2017
Vista la anterior solicitud de separación de cuerpos y bienes, presentada por los ciudadanos: GUSTAVO ALFONSO GUZMAN SILVA y MARIA ALEJANDRA ALVARADO SERENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.332.474 y V- 13.738.847 respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Acarigua del Estado Portuguesa, debidamente asistidos en este acto por el Abogado: YESICA ANGULO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 92.465.- Fórmese expediente, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes y admítase a sustanciación por cuanto ha lugar en derecho. De conformidad a lo establecido en el Articulo 189 del Código Civil, y el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. En consecuencia: Se declara dicha separación de cuerpos y bienes en los términos y condiciones por ellos convenidos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil Vigente. Notifíquese mediante boleta y copia fotostática certificada de la solicitud y del presente auto, a la FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE FAMILIA DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. Autorizándose suficientemente al Secretario de este despacho, para que realice la certificación correspondiente, conforme lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.
La Jueza Provisoria
***Fdo***
Abg. Anelin Lissett Alvarado Herrera
El Secretario Titular
***Fdo***
Abg. Luís Miguel Reyna Noguera
Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste.
El Secretario
ALAH/Lmrn
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-
Agua Blanca, 16 de Febrero de 2017
205° y 156°
SOLICITUD 803-2017
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER
A la Fiscal del Ministerio Público con competencia en materia de Familia del Segundo Circuito, de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que este Tribunal por auto de esta misma fecha admitió la solicitud formulada por con motivo de la separación de cuerpos, presentada por los Ciudadanos: GUSTAVO ALFONSO GUZMAN SILVA y MARIA ALEJANDRA ALVARADO SERENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 18.332.474 y V- 13.738.847. Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
Firmará al pié de la presente boleta con indicación de hora y fecha en señal de haber sido notificada.
Dios y Federación
***Fdo***
Abg. Anelin Lissett Alvarado Herrera
La Juez Provisorio
La Notificada____________________________________
Fecha:_________________________________________
Hora:__________________________________________
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