Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente, identificado con el N° 2555 (nomenclatura de este Tribunal), en el juicio que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, sigue por ante este Tribunal la ciudadana YADIRA TERESA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro: V-9.411.565, de este domicilio. Asistida por la abogada JOHANA MARIA BRICEÑO PERDOMO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro 134.079 Contra la ciudadana JUANA MARLENY CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 4.930.974., en especial la diligencia que corre al folio 12 del presente expediente, suscrita por la parte demandada, en donde la parte convino en dicho Reconocimiento de Documento en su Contenido y Firma tanto en los hechos como en el derecho por ser ciertos y asimismo se acuerda homologar el convenimiento solicitado por la parte en la presente causa.

Este Tribunal antes de resolver observa:
Se evidencia de autos que existe un juicio seguido por la ciudadana YADIRA TERESA GONZALEZ (identificada en autos), de igual forma se observa el convenimiento celebrado por la parte demandada, en tal sentido quien aquí decide en fiel acatamiento a la disposición legal contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto considera lleno los extremos de la Ley para homologar el respectivo convenimiento es que se procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley a HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO y se declara Reconocido en su contenido y firma dicho instrumento en la presente causa en los mismos términos en que ha sido planteado por las partes. Y así se decide.
El Juez Provisorio
Abg. Henry Ramón Rodríguez Guevara

La Secretaria

Abg. Jessika Saavedra

Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Conste.

Exp. Nº 2554.
HRRG/Marifer