REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SAN GENARO DE BOCONOITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Boconoito, Veintiséis (26) Junio del año dos mil diecisiete (2017) 207° y 158° Exp. Nº 3070-17

PARTE DEMANDANTE: MARLON IVAN GODOY MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.821.367, domiciliado en el caserío las Tinajitas, sector agua viva calle principal casa S/N jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa.

ABOGADO ASISTENTE: DANIEL DAVID CORNIELES SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N º14.191.036, con domicilio procesal en la ciudad de Guanare Estado Portuguesa e inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Numero 223689.

PARTE DEMANDADA: ROSMAYRA MARBELYS MONTILLA LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N º V- 18.668.616, civilmente hábil, domiciliada en el Caserío las Tinajitas carretera vía Barinas casa S/N jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA (DESISTIMIENTO)

Vista y revisadas las actas que conforman el presente expediente identificado con el Numero 3070-17, en el juicio de Divorcio 185-A establecido en el Código Civil Venezolano, sigue ante este Tribunal el Ciudadano MARLON IVAN GODOY MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.821.367, domiciliado en el caserío las Tinajitas , sector agua viva calle principal casa S/N jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, contra la ciudadana ROSMAYRA MARBELYS MONTILLA LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N º V- 18.668.616, civilmente hábil, domiciliada en el Caserío las Tinajitas carretera vía Barinas casa S/N jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito, en especial la diligencia que corre inserta al folio diecinueve (19) suscrita por la parte demandante mediante la cual desiste del procedimiento y solicita el archivo del expediente. En este sentido antes de homologar el presente procedimiento este Tribunal para resolver Observa:
Se evidencia de autos que existe un Juicio seguido por el ciudadano MARLON IVAN GODOY MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.821.367, domiciliado en el caserío las Tinajitas , sector agua viva calle principal casa S/N jurisdicción del Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, asistido por el abogado en ejercicio DANIEL DAVID CORNIELES SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.191.036, con domicilio procesal en la ciudad de Guanare Estado Portuguesa e inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Numero 223.689, de igual forma se observa el desistimiento de la parte demandante en tal sentido quien aquí decide en fiel acatamiento a la disposición legal establecida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto considera lleno los extremos de Ley para Homologar el respectivo desistimiento es por lo que se procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley a HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO, realizado en la presente causa , en la forma como ha sido planteada . Se Ordena el Archivo del presente Expediente. Y así se decide.

La JUEZA PROVISORIA


Abg. Elizabeth del Rosario Chávez Salvatierra La Secretaria

Abg. Nancy Vásquez


Seguidamente se publico la respectiva sentencia siendo las 10:00 de la Mañana Conste.