REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Villa Bruzual, 20 de Junio de 2017
206° y 158°
DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: YANETH CORINA CARVAJAL GUTIERREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.929.107, domiciliada en la Calle N° 3 del Barrio San Antonio II de Villa Bruzual del Municipio Turen, del Estado Portuguesa, asistida por la Abogado en ejercicio JESSICA ISABEL CORDERO ARAUJO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.341.395, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 251.278, Solicita que les sirva oír en su Despacho a los testigos. De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos VICTOR JULIO TORRES SOLANO y JOSE EUSEBIO RAMOS ARAUJO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-12.088.837 y V-9.044.646, respectivamente.
Consta que la solicitante ha venido construyendo, una Bienhechurias con sus propias expensas, conformada por una casa de habitación compuesta de una cerca perimental con fundación de patablanda, la parte delantera de la casa, posee puerta, ventana y portón con su enrejillado, porche y estacionamiento con piso de porcelanato, y cocina empotrada, dos cuarto con piso de cerámica y un baño; La cual dichas bienhechurias se encuentra fomentada sobre un área de construcción de aproximadamente, Ciento Treinta y Ocho Metros Cuadrados (138,00 M2.), y el área total de terreno es de Dos Ciento Cuarenta Metros Cuadrados (240,00 M2.), según consta en la certificación de Empadronamiento de terrenos no municipales de la dirección de Catastro Comunal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turen, cuya ubicación y linderos son los siguientes: NORTE: Canal de desagüe 7,00 Mts; SUR: Calle N° 03 Barrio San Antonio II que es su frente; ESTE: José López (Lote N°, 006); OESTE: Loreni Cordero (Lote N°, 004). Consta de titulo protocolizado por Ante la Oficna Subalterna de Registro Publico del Municipio Turen del Estado Portuguesa, anotado bajo el Número 2012.698, Asiento Registral 1 del inmueble Matriculado con el N° 409.16.8.1.1227. Correspondiente al Libro de Folio Real del Año 2012, y código Catastral del Certificado de Empadronamiento en Terrenos No Municipales, Estado: 18, Municipio: 14, Parroquia: 01, Amb: U00, Sec: 020, Mnz: SM13, Parcela: 005. Consta que la ciudadana ya antes identificada, fomento y construyo las bienhechurias antes citadas, las cuales alcanzaron un valor total de Cuarenta y Seis Millones Novecientos Veintisiete Mil Setecientos seis Bolívares (Bs.46.927,706.Bs), y en Unidades Tributarias de Ciento Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Veinticinco con Seiscientos Ochenta y Seis Unidades Tributarias (156.425,686 U.T.).
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: Yaneth Corina Carvajal Gutierrez, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentó: Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la solicitante, Copia de la Cedula Catastral N° 18-14-01-U00-020-SM13-005, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turen, Plano de Mensura emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía Bolivariana del Municipio Turen, Estado Portuguesa, Copia de certificado de empadronamiento en terrenos no municipales, documento propiedad del terreno, esto quedo inscrito bajo el Numero 2012.698, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 409.16.8.1.1227 y correspondiente al Libro de Folio Real de año 2012. Copia fotostática de la Cedula de Identidad y carnet de la abogada asistente.
Para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre la referida parcela de terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. LILIA YELITZA VIZCAYA R. La secretaria,

Abg. GLORIA S. BURGOS E.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:e
Solicitud Nº 14.741-2017
LYVR/GSBE/cm