REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Píritu, Treinta (30) de Junio de dos mil Diecisiete (2017).
207º y 158º
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: VICTOR JOSE MENDOZA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.929.669, domiciliado en la Calle Principal, Barrio La Gutierreña, Píritu Municipio Esteller del Estado Portuguesa, en su carácter de Presidente de la empresa mercantil INVERSIONES LA V, C.A., signada con el Registro de Información Fiscal R.I.F. J-40814739-4, e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, inserto bajo el número 48, Tomo 37-A de fecha 28 de Junio de 2016; debidamente asistido por el Abogado en Ejercicio JOSE LEONARDO TOVAR CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.390.642, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 222.582, donde pide que las anteriores diligencias se declaren título bastante para asegurar el derecho de propiedad y posesión que alega tener en nombre de su representada INVERSIONES LA V, C.A., sobre las bienhechurías y mejoras a que se refiere dicha petición. Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por los ciudadanos: RICHARD WILMER ESCOBAR ALVARADO, venezolano, de 47 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.078.431, de profesión u oficios Albañil, domiciliado en la Urbanización Lucia Barrios, Calle 6, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa e ISRRAEL RAMON GOMEZ MENDOZA, venezolano, de 59 años de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.546.481, de profesión u oficios Conductor, domiciliado en el Barrio La Marinera, Calle N° 3, casa S/N, Píritu Municipio Esteller, Estado Portuguesa, consta que el referido ciudadano, sobre una (1) parcela de terreno perteneciente a la municipalidad del Municipio Esteller del Estado Portuguesa; que mide DIECIOCHO METROS CON TREINTA CENTIMETROS (18,30 ML) DE FRENTE por TREINTA Y UN METROS CON VEINTE CENTIMETROS (31,20 ML) DE FONDO, en un área total de QUINIENTOS VEINTIÚN MIL METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y UN CENTIMETROS (521,41 M2) aproximadamente, ubicado en la: Calle principal del Barrio La Gutierreña, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S y C de Yailes Castillo, en: (17.70 ML); SUR: Calle Principal, en: (18.30 ML); ESTE: S y C de Josefina Carrera, en: (27,50 ML); y OESTE: S y C de Jhoan Marrero / Terreno Ocupado por Victorio Mendoza, en: (31,20ML). Dichas bienhechurías fueron fomentadas a expensas propias y con dinero de su propio peculio la cual se encuentra constituida por un inmueble de tres (3) niveles, tipo local comercial – residencial, construidas con las siguientes características: NIVEL 1: Paredes de bloques, friso liso con acabados en pasta profesional, piso de cemento revestido en cerámica, techo de platabanda, tres (3) puertas de hierro, instalación eléctrica embutida, una (1) ventana panorámica, dos (2) baños con baldosas y su respectiva sala sanitaria, un (1) pozo de extracción de agua de 9 metros, un (1) galpón al fondo del terreno, techado con acerolit que reposa sobre vigas estructurales de hierro, el resto del terreno posee piso de cemento rustico, un (1) portón de hierro de siete (7) metros de largo por cinco (5) metros de ancho, una (1) reja de hierro en la entrada principal; NIVEL 2: Paredes de bloques con friso liso, electricidad interna, una (1) habitación de 5x4, cuatro (4) ventanas panorámicas con sus protectores de hierro cada una, un (1) baño revestido en cerámicas con su sala sanitaria, una (1) cocina empotrada, una (1) sala, una (1) puerta de hierro, piso de porcelanato, escaleras externas de hierro; NIVEL 3: área de terraza, media pared de bloques con friso liso, estructura de hierro y vigas de hierro donde reposa el techo acerolit, piso revestido en terracota, escaleras externas de hierro, con su respectiva acometida de aguas blancas y servidas, con una superficie de construcción de NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMEROS (92,90 M2); habiendo invertido en dicha construcción la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE BOLÍVARES (BS. 280.000.000,ºº), equivalente a Novecientas Treinta y Tres Mil Trescientas Treinta y Tres con Treinta y Tres Unidades Tributarias (933.333,33 U.T.). Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este TRIBUNAL EN NOMBRE DE REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA estas diligencias bastantes para asegurar la posesión o algún derecho de: INVERSIONES LA V, C.A., R.I.F. J-40814739-4, representada por el solicitante ciudadano: VICTOR JOSE MENDOZA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.929.669, en su carácter de Presidente, sobre las bienhechurías determinadas, ubicadas en la Calle principal Barrio La Gutierreña, Píritu, Municipio Esteller del Estado Portuguesa, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros.
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL RAFAEL QUIÑÓNEZ GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. LEIDIS LAMEDA.
SOLICITUD Nro. 1.226/2017
yga.-
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