REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Acarigua, 28 de Junio de 2017 Años: 207° y 158°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana MENDOZA CALLETANA EMMA ROSA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-9.837.133, domiciliada en la calle 1, sector Rómulo Betancourt, Parroquia Rio Acarigua del Municipio Araure del Estado Portuguesa, debidamente asistida por la abogada PACHECO ESCALONA JOSEFINA RAMONA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 236.427, mediante el cual solicita que la anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos MARYERIS DEL PILAR ESCOBAR FALCON y CECILIA ROBERTA MEDINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.369.867 y V-3.678.909, respectivamente, que se relaciona con el Código Catastral N° 18-02-02-R-01-002-150-608-000-000-000, que corre al folio dos (02), consta que la solicitante en un lote de terreno municipal que pertenece al Municipio Araure estado Portuguesa, el cual posee un área de terreno según levantamiento de CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (189,57M2), ubicada en la Parroquia Rio Acarigua, sector Rómulo Betancourt, calle 1, casa S/N de la ciudad de Araure del Estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C EN 7.80+3.20 MTS MARIA PARADAS; SUR: S/C EN 5.70+3.20 MTS CALLE 1; ESTE: S/C EN 31.10 MTS MARBELLA ALVARADO; y OESTE: S/C EN 15.50+14.60 MTS MARIA PARADAS, consistentes en Una (1) casa de dos (2) plantas con paredes de bloques frisada, en la planta alta tiene Un (1) baño, dos (2) habitaciones, en la planta baja posee dos (2) baños, dos (2) habitaciones, una (1) sala con medida de treinta y dos metros cuadrados, con techo de zinc, una (1) cocina y un (1) comedor, un (1) porche, piso de cemento y un (1) corredor, para un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS (157,70 M2), las cuales tienen un valor de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana: EMMA ROSA MENDOZA CALLETANA, antes identificados, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Constancia de linderos N° 18-02-02-R-01-002-150-608-000-000-000 de fecha 20 de marzo de 2017 emanado de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Araure del Estado Portuguesa, 2.-) Croquis catastral N° 18-02-02-R-01-002-150-608 de fecha 14 de marzo de 2017 emanado de la Dirección Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Araure del Estado Portuguesa, 3.-) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los testigos ciudadanas MEDINA CECILIA ROBERTA y ESCOBAR FALCON MARYERIS DEL PILAR, 4.-) Copia fotostatica de la cédula de identidad de la solicitante, ciudadana EMMA ROSA MENDOZA CALLETANA y 5.-) Autorización para evacuar titulo supletorio N° 008-2017 emanada de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Araure del Estado Portuguesa de fecha dieciséis de junio de 2017. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
La Jueza,
Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria,
Abg. Aura Estela Rangel Romano
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ONCE (11) folios útiles. Conste. Secretaria.
Solicitud N° S-423-2017.
MSDS/AERR/rocio