LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Guanare, 09 de Marzo de 2.017
Años: 206° y 158°

Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por el ciudadano: LUIS FERNANDO GUERRERO PERAZA, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 25.315.867, de este domicilio, asistido por la abogada MAYIRA GARCIA DE COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 187.535, de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a él, en su condición de hijo ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA, quien falleció Ab Intestato, el día nueve de diciembre de dos mil siete (09-12-2.007), en su residencia calle Caripito, quinta Monserrate, sector Santa Clara, Parroquia el Cafetal, Municipio Baruta del estado Miranda. Y cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tales requisitos no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentará la parte interesada.

Consta en autos copia certificada del Acta de Defunción del causante: LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA. Copia certificada del acta de Nacimiento del ciudadano: LUIS FERNANDO GUERRERO PERAZA. Copias simples de las cédulas de identidad de los ciudadanos: LUIS FERNANDO GUERRERO PERAZA y LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA. Copia certificada de Solicitud de Separación de Cuerpos correspondientes a los ciudadanos: LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA y LENYS MARISETH PERAZA NAVARRO. Copia certificada de la Sentencia de Conversión en Divorcio correspondiente a los ciudadanos: LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA y LENYS MARISETH PERAZA NAVARRO.

En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: Adriana Carolina Campos Montes y José Gregorio Hernández, titulares de las cédulas de identidad Nros 17.616.979 y 9.407.603, ambos venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: LUIS FERNANDO GUERRERO PERAZA, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante LUIS CARLOS GUERRERO BARRERA, vocación hereditaria que le deviene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,

Abg. Néstor Manuel Peña Ortega.

La Secretaria Temporal,

Abg. Carol Sofía Escobar Morales.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Sria,
Solicitud Nº 3.731-16
AYVC.-