REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 3 de mayo de 2017
Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de cobro de bolívares, intentada mediante endosatario en procuración, por WILDA JOSEFINA BERNAL RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 7.598.740 contra MARÍA ANDREÍNA RODRÍGUEZ VILELA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Los Rastrojos, Municipio Palavecino del Estado Lara y titular de la cédula de identidad V 15.272.181, vista la cesión de derechos litigiosos por la misma demandada como cedente, a MIGUEL EDUARDO PEÑA SALOMÓN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Barquisimeto y titular de la cédula de identidad V 17.506.148 como cesionario, el Juez que suscribe, actuando como director del proceso, advierte a la cedente y al cesionario que la cesión de derechos litigiosos que acordaron, tendrá efectos tan solo entre ellos y surtirá efectos ante la parte actora, una vez conste en autos su aceptación, todo de conformidad con lo que dispone el artículo 1557 del Código Civil.
El Juez
Abg. Ignacio José Herrera González
El Secretario
Abg. Wilfredo Espinoza López