REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Acarigua, 25 de Mayo de 2017 Años: 207° y 158°

Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por el ciudadano PABLO HILARIO TORREALBA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad N° V-7.546.838, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado ARCENIO GERARDO TORREALBA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 269.133, mediante el cual solicita que la anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos RAMON ALEJANDRO LAMEDA y RAFAEL PASTOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.384.122 y V-10.635.689, respectivamente, que se relaciona con el Código Catastral N° 18-02-01-U-01-014-003-026-000-000-000, que corre al folio tres (03), consta que el solicitante en un lote de terreno municipal que pertenece al Municipio Araure estado Portuguesa, el cual posee un área de terreno según levantamiento de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (245,40M2), ubicada en el Barrio La Romana, sector San Francisco entre avenida 06 con calle 05, Casa N° 5-61 de la ciudad de Araure estado Portuguesa, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C AVENIDA 06 EN 21,20 MTS; SUR: S/C MONICO TORREALBA y LUIS TORREALBA EN 20,50 MTS; ESTE: S/C CALLE 05 EN 13,40+3,05 MTS; y OESTE: S/C MONICO TORREALBA y LUIS TORREALBA EN 7,00 MTS, consistentes en una (01) casa de habitación familiar de Una (1) planta construida con paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, techo de laminas de acerolit, con dos (2) puertas de hierros, seis (6) ventanas de hierros, distribuida de la manera siguiente: Tres (3) habitaciones con sus puertas de madera y marcos de hierro, Un (1) baño con piso de cemento, pocetas de cerámica, lavamanos de cerámicas, paredes frisadas y puerta de madera con marco de hierro, Una (1) sala de recibo y comedor, Una (1) cocina con mesón empotrado de bloque y cerámica y Un (1) garaje., para un área de construcción de SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (71,46 M2), las cuales tienen un valor de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle al ciudadano: PABLO HILARIO TORREALBA ROJAS, antes identificados, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia que fueron presentados los siguientes documentos: 1.) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad del solicitante, ciudadano TORREALBA ROJAS PABLO HILARIO y de los testigos ciudadanos LAMEDA RAMON ALEJANDRO Y RAFAEL PASTOR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, 2.-) Constancia De linderos N° 18-02-01-U-01-014-003-026-000-000-000 de fecha 04/05/2017 emanada de la Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Araure del estado Portuguesa, 3.-) Croquis catastral N° 18-02-01-U01-014-003-026 de fecha 02/05/2017 emanado de la Oficina de catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Araure del estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.
La Jueza,

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
La Secretaria,

Abg. Aura Estela Rangel Romano

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de NUEVE (09) folios útiles. Conste. Secretaria.



Solicitud N° S-397-2017.
MSDS/AERR/rocio