REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO

Acarigua, 04 de mayo de 2017 Años: 207° y 158°


Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, hecha por la ciudadana ANGELICA DEL CARMEN PÉREZ CRESPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.887.745, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio LOURDES INDIRA GAMEZ DE NARVAEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 163.785, mediante el cual solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías que a ella se contrae.

Y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos: ESCOBAR LISCANO JOSÉ GREGORIO y PÉREZ SALCEDO FRANCISCO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.610.702 y V-3.608.471, respectivamente, que se relaciona con el código catastral N° 18-08-01-U-01-14-11-06-00-00-00 que corre al folio dos (02), consta que la solicitante posee un lote de terreno municipal, que mide: TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (346,50 M2) y un área de construcción de CIENTO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (166,48 M2), ubicado en la calle 32, entre avenidas 42 y 44, Barrio Bella Vista I, Acarigua Municipio Páez, estado Portuguesa y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: NORTE: Florentino Antonio Pérez. SUR: Lourdes Perdomo. ESTE: Calle 32, y OESTE: Alex García; ha conformado a sus únicas y solas expensas y con dinero de sus propio peculio unas mejoras o bienhechurías consistentes en: 1.) Una Casa de habitación familiar de paredes de bloque, techo de acerolit y zinc, piso de baldosas, puertas de hierro y ventanas basculantes de hierro; la cual consta de 3 dormitorios, 1 sala, 1 comedor, un baño, con un área de construcción de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (74,35 M2). 2.) Un corredor posterior de techo de zinc sobre estructuras metálicas y piso de cemento pulido, con un área de superficie de VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (26,46 M2) 3.) Un anexo externo de cuatro (04) habitaciones cada una con su baño de paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento pulido, puertas y ventanas de hierro, con un área de construcción de SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (65,57 M2). Que invirtió en las mejoras o bienhechurías la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.5.000.000,00). Y por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, estas diligencias, suficientes para asegurarle a la ciudadana: ANGELICA DEL CARMEN PÉREZ CRESPO, antes identificada, el derecho de propiedad y posesión, sobre las mejoras o bienhechurías determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Se deja constancia que fue presentado el siguiente documento: 1.) Croquis Catastral N° 18-08-01-U-01-14-11-06-00-00-00, emanada Oficina Municipal de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, estado Portuguesa, de fecha 07-02-2017. 2.) Autorización para Evacuar Titulo Supletorio, emanada de la Sindicatura Municipal, de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, estado Portuguesa. Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-
La Juez,

Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.-
La Secretaria,

Abg. Aura Estela Rangel Romano.-


Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de once (11) folios útiles.- Conste.-
Secretaria,










Solicitud N° S-387/2017.-
adriana-