REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 20 de noviembre de 2017
Años 207° de la Independencia y 158 de la Federación
En la causa iniciada por solicitud de RICARDA EINGRACIA JIMÉNEZ DE MAZZARELLA, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, domiciliada en Villa Bruzual y titular de la cédula de identidad V 5.367.029, para la interdicción de BERNARDO MAZZARELLA CORTEZ, venezolano, mayor de edad, casado, del mismo domicilio y titular de la cédula de identidad V 5.946.984, este Tribunal, en sentencia del 25 de septiembre de 2015, declaró la interdicción definitiva de éste.
Conociendo la causa por la consulta ordenada por el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, confirmó la decisión, en sentencia del 1° de abril de 2016, la cual quedó definitivamente firme por no haber sido recurrida.
Al haber quedado firme la decisión que declaró la interdicción definitiva, este Tribunal designa como tutora definitiva del entredicho BERNARDO MAZZARELLA CORTEZ a su cónyuge RICARDA EINGRACIA JIMÉNEZ DE MAZZARELLA, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, domiciliada en Villa Bruzual y titular de la cédula de identidad V 5.367.029, a quien se acuerda notificar de su designación a los fines de su aceptación o excusa, así como a los fines de que realice el registro y publicación a que se refiere el artículo 414 del Código Civil.
Para practicar la notificación se comisiona suficientemente a los Juzgados de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
El Juez
Abg. Ignacio José Herrera González
El Secretario
Abg. Wilfredo Espinoza López