REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 20 de noviembre de 2017
Años 207° de la Independencia y 158 de la Federación
En la causa iniciada por demanda de divorcio, intentada por ELINA VICENTA ROJAS, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Agua Blanca y titular de la cédula de identidad V 3.202.836, contra SAÚL ANTONIO LISCANO TORREALBA venezolano, mayor de edad, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 4.201.171, la demanda se admitió el 14 de noviembre de 2016.
Examinando las actuaciones del expediente, se constata que desde el 14 de noviembre de 2016 cuando se admitió la demanda, no ha cumplido proporcionado la demandante los recursos para obtener las copias fotostáticas que se deben certificar para la citación del demandado ni ha proporcionado los medios necesarios para el traslado del alguacil con la misma finalidad, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, forzosamente debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de divorcio, intentada por ELINA VICENTA ROJAS ya identificada, contra SAÚL ANTONIO LISCANO TORREALBA, también identificado.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
El Secretario

Abg. Wilfredo Espinoza López