PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, (4) de OCTUBRE de dos mil diecisiete (2.017)
207º y 158º
ASUNTO: PP01-L-2017-000001
PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO ANTONIO RODRIGUEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.053.481.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogados (a): NELSON MARÍN PÉREZ, CARLOS GUDIÑO SALAZAR y JESÚS ENRIQUE COLLANTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.054.034, V16.208.549 y V-11.396.195, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nros. 20.745, 130.283 y 165.514, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: JESÚS ARCANGEL ARDILA, titular de la cédula de identidad Nº E-81.123.600 y LUISA ELENA PIÑERO GIL (SOLIDARIAMENTE), titular de la cédula de identidad Nº V-8.053.388,
TERCERO: PDVSA AGRICOLA S.A. y AGROPECUARIA LAS BRUJITAS C.A., en la ciudad de Guanare estado Portuguesa.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADOS JOSÉ ADRIÁN VASQUEZ RIERA y FRANYER JOSÉ HERNÁNDEZ VALLADARES, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.251.033 y V-21.160.058, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 46.050 y Nº 257.577.
APODERADA DE PDVSA AGRÍCOLA: ABOGADA DORIS CAROLINA CASTRO CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V14.814.359, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 108.788.
APODERADOS AGROPECUARIA LAS BRUJITAS: ABOGADOS CESAR DAYAN BALAUSTRE SÁNCHEZ, PAREDES RODRIGO MONTILLA y MARILIN NAYROBI VILLANUEBA FUENTES, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.309.949, V-9.691.613 y V-22.039.899, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 232.580, 201.228 y 247.221, respectivamente.
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de hoy (4) de OCTUBRE del año 2017, siendo las 09:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Alguacil anunció en tres oportunidades el acto en la Sala de espera de este Circuito Judicial del Trabajo, constatando la COMPARECENCIA de la parte DEMANDADA, APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADOS JOSÉ ADRIÁN VASQUEZ RIERA y FRANYER JOSÉ HERNÁNDEZ VALLADARES, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.251.033 y V-21.160.058, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 46.050 y Nº 257.577. APODERADA DE PDVSA AGRÍCOLA: ABOGADA DORIS CAROLINA CASTRO CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nº V14.814.359, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 108.788. APODERADOS AGROPECUARIA LAS BRUJITAS: ABOGADOS CESAR DAYAN BALAUSTRE SÁNCHEZ, PAREDES RODRIGO MONTILLA y MARILIN NAYROBI VILLANUEBA FUENTES, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.309.949, V-9.691.613 y V-22.039.899, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 232.580, 201.228 y 247.221, respectivamente; tal como se evidencia en instrumento Poder que constan en el presente asunto; y la INCOMPARECENCIA de la parte DEMANDANTE ciudadano: PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO ANTONIO RODRIGUEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.053.481. ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: Abogados (a): NELSON MARÍN PÉREZ, CARLOS GUDIÑO SALAZAR y JESÚS ENRIQUE COLLANTE, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.054.034, V16.208.549 y V-11.396.195, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nros. 20.745, 130.283 y 165.514, respectivamente, quien no se hacen presente ni por si ni por medio de sus apoderados judiciales alguno, en consecuencia, vista la incomparecencia a esta Audiencia Preliminar de la parte demandante, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ante tal incomparecencia declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA desistido el procedimiento y terminado el proceso. Se abre el lapso de cinco (5) días para el ejercicio de los recursos pertinentes. Leída la presente acta conforme firman, se ACUERDA otorgar a las partes copias simples de la presente acta. Cúmplase.-
El Juez
Abg. Luis Ambrosio La Cruz Hernández
Parte Demandada Compareciente:
PARTE DEMANDADA
ABG. JOSÉ A. VASQUEZ RIERA
ABG. FRANYER J. HERNÁNDEZ VALLADARES
ABGDA. DORIS CAROLINA CASTRO CAMACHO
APODERADA PDVSA AGRÍCOLA – TERCEROS
ABG. CESAR DAYAN BALAUSTRE SÁNCHEZ
ABG. PAREDES RODRIGO MONTILLA
ABGDA. MARILIN NAYROBI VILLANUEBA FUENTES
APODERADOS AGROPECUARIA LAS BRUJITAS – TERCEROS
La Secretaria
Abgda. Josefa Virginia Carmona Vargas
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