REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

Agua Blanca, 10 de Octubre del Año 2017
207° y 158°
SOLICITUD Nº S-844-2017.

Vista la anterior solicitud, mediante la cual la ciudadana MAYDERLYN JOSEFINA ZAMBRANO VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidades N° V-20.158.663, con domicilio en la calle principal, Casa N° 14, sector MOP de la población y Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa. Solicita que la anterior diligencia sea declarada bastante para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurías a que se refiere. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por la ciudadana: EUVIS ZULAY SÁNCHEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-13.733.678 y el ciudadano: JOSÉ RICARDO SOSA BETANCURT, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nros V-1.128.942, correspondientemente, se constata que la ciudadana: MAYDERLYN JOSEFINA ZAMBRANO VILLEGAS, construyó sobre una parcela de terreno municipal constante de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS (373,81 Mtr2), con un área de construcción de 75,24 Mtrs2, con código catastral N° 18-11-01-01-008-007-002, ubicado en la calle 01, casa s/n, sector prolongación Libertador de la población y municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, y alinderado de la forma siguiente: NORTE: casa y solar de Darin Delgado; SUR: casa y solar de Ana Lujano; ESTE: casa y solar de Ana Lujano y OESTE: calle 01, que es su frente, con dinero con dinero de su propio peculio y expensas, construyó unas bienhechurías consistente en: una casa de habitación de paredes de bloque de concreto frisadas de 15 Cms con piso de cemento pulido, techo de Zinc, constante de tres habitaciones, dos de los cuales con puerta de madera entamborada y la tercera con puerta de lamina de hierro, una sala múltiple, un baño con sus respectivas piezas sanitarias y puerta de metal, cuatros ventanas de dos hojas de laminas de hierro, en el pórtico un porche y en la parte posterior de la vivienda un área de lavadero y cercada con alambre de púa y estantillo de madera con energía eléctrica, aguas blancas y servidas, empotradas. Igualmente, invirtió la suma de un millón trescientos mil bolívares (1.300.000), lo que equivale a 4.333,333 unidades tributarias. En torno a ello, y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como a tenor de lo establecido en el artículo 3, de la Resolución Nº 2009-006, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, de fecha 18 de marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02 de abril del 2009. Declara estas diligencias bastantes para asegurar el derecho de propiedad que sobre las señaladas bienhechurias alegó la solicitante. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCERO, por la Naturaleza Jurídica de esta solicitud, reprodúzcase esta decisión fotostáticamente, y entréguese estas diligencias a la solicitante. En el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, a los DIEZ (10) días del mes de Octubre del dos mil diecisiete (2017). 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Juez Provisoria.
***FDO***
Abg. Anelin Lissett Alvarado Herrera.
La Secretaria Suplente
***FDO***
Abg. Daniela Verónica Franchi Hernández.

En el mismo día de hoy, siendo las 10.00 AM, se cumplió con lo ordenado. Conste.


El Secretario titular ABG. Luis Miguel Reyna Noguera, de conformidad a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, certifica la exactitud de la presente copia, la cual es fiel y exacta de la original que consta en autos de la Solicitud N° S-844-2017.-
ALAH/Hebert.
Hora: 10:00 a.m.