Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: FREDDY RAMON HERNANDEZ PEREZ y JANUARY LOURDEZ MENDES DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 214.732.863 Y 15.941.660, respectivamente, en beneficio de sus hijos XXXXX Y XXXXX, por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Freddy Ramón Hernández Pérez, acepto pasarle la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00) mensuales, comida que vaya adquiriendo, tales como arroz, pasta, harina entre otros, el 50% de los gastos en el mes de septiembre y diciembre para gastos de útiles escolares y uniformes, para gastos decembrinos, los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambos, dichas cantidades de dineros serán descontadas de la cuenta nomina del demandado y depositados en la cuenta personal de la madre de sus hijos