REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE






JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DEL ESTADO
TRUJILLO.

Guanare; seis (06) de agosto de 2018.
Años: 208º y 159º.
Vista la solicitud interpuesta presentada por el ciudadano, Simón Alberto Mesen Sira, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.692.541, en su condición de presidente de la empresa PROCESOS AGROINDUSTRIALES LUCKY, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha dieciocho (18) de febrero de 2015, quedando registrada bajo el Número 26, Tomo Nº 9-A, debidamente asistido por el abogado, Juan Francisco Alvarado Palacios, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 23.565; en la cual requiere se decrete JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (Título Supletorio), sobre un lote de terreno ubicada en la carretera Vía a la Ceiba, parcela S/N , Zona La Ceiba, Ospino, Municipio Ospino del estado Portuguesa; comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Carretera Vía a la Ceiba; SUR: Caño El Tejal; ESTE: Parceleros Comunales, y OESTE: Parceleros Comunales; unas bienhechurías consistentes en: 1.-) cerca perimetral en bloque y cerco eléctrico: Estructuras en concreto armado, vigas riostra internas, pared de bloque con friso rustico y pintura en color blanco a la entrada del inmueble, en parte pared de bloque con friso rustico y cerco eléctrico de 5 hilos en la perimetral del inmueble, 2.-) cerco eléctrico: de cinco líneas, en una extensión lineal, instalado sobre cerca perimetral, con conductores para el energizado y todas las conexiones para su funcionamiento y operatividad; 3.-) LEVANTAMIENTO y movimiento de tierra: sobre todo el área del terreno; 4.-) estacionamiento: pavimentado en area de circulacion de vehiculos livianos y pesados: Relleno en Granzón con pavimento en concreto armado con acabado rustico, con doble maya truckson en toda el área; 5.-) acometida electrica con banco de transformadores; 6.-) planta eléctrica instalada y adherida a las instalaciones de la planta procesadora de harina de maíz blanco; 7.-) caseta de vigilancia: con Estructuras metálicas encofradas en concreto armado, techo de machihembrado manto asfaltico, piso en concreto armado revestido en cerámica, pared de bloque con friso liso y pintura en caucho, puertas principal metálica y puertas internas en madera entamborada, ventanas en aluminio con vidrio tipo panorámica, electricidad embutida en pared, aguas blancas y aguas servidas empotradas en piso y pared; 8.-) edificio administrativo de dos plantas: Con Estructuras metálicas encofradas en concreto armado, techo en losa cero y machihembrado con manto asfaltico, piso en concreto armado revestido en cerámica, pared de bloque con friso liso y pintura en caucho, puertas principales de vidrio de seguridad tipo batientes y madera entamborada en oficinas y baños, ventanas de aluminio con vidrio tipo panorámica, electricidad embutida, aguas blancas y aguas servidas empotradas en piso y pared; 9.-) salon de esparcimiento (caney): con Estructuras metálicas con techo de palma, piso en concreto armado con acabado rustico y electricidad externa; 10.-) comedor-cocina: Con estructuras metálicas, techo en machihembrado con manto asfaltico, piso en concreto armado revestido en cerámica, pared de bloque con friso rustico y pintura en caucho, puerta en madera entamborada, ventanas de aluminio con vidrio tipo panoramica, cocina empotrada con mesón en granito y cerámica, aguas blancas y aguas servidas empotradas en piso y pared, electricidad embutida en pared con luminarias a techo; 11.-) galpon deposito de azucar, con anexo para bateria de baños y habitaciones: con Estructuras metálicas, techo en láminas de acero galvanizado sobre estructuras metálicas, piso en concreto armado con acabado rustico pared de bloque con frio rustico y pintura y pantalla de zinc en su parte superior externa, acometidas eléctricas tipo industrial, portón metálico tipo corredizo. Anexo posterior con batería de baños para obreros y depósitos: Estructuras en concreto armado, techo en láminas de acerolit, piso en concreto armado con revestimiento en cerámica, puertas metálicas, electricidad externa tipo industrial. Distribución: Batería de Baños, Deposito; 12.-) galpon de 3 naves (silo horizontal, galpon para proceso industrial de harina precocida - galpon para deposito): con Estructuras en hierro, techo en láminas de zinc, piso en concreto armado con acabado rustico, pared de bloque de cemento con relleno en silo y friso rustico con pintura. Nave o galpón para proceso industrial de harina precocida, edificado con pared en bloque de cemento, con friso rustico y pintura en caucho, portón metálico tipo corredizo y puerta metálica tipo batiente, electricidad tipo industrial, cuarto de Control de Motores con laboratorio en planta alta, en estructuras metálicas, techo losa de entrepiso, media pared en bloque con friso liso y pintura en caucho y vidrio en la parte superior, electricidad industrial, escaleras metálicas con peldaños en concreto armado. Sala de empaque, en estructuras metálicas, piso en concreto armado revestido en pintura epoxica, media pared en bloque con friso liso y pintura epoxica y pintura en caucho en exteriores y vidrio en la parte superior, electricidad tipo industrial. En la nave 3, estructuras metálicas, piso en concreto armado, techo en láminas de zinc sobre estructuras metálicas, electricidad tipo industrial; 13.-) dos galpónes para uso de caldera: con Estructuras metálicas, techo en lámina de zinc, piso en concreto armado con acabado rustico, media pared de bloque con friso rustico y pintura en caucho, electricidad tipo industrial; 14.-) perforacion con bomba sumergible; 15.-) dos (02) tanques subterraneos: En concreto armado con revestimiento anti corrosión y sistema higienizante; 16.-) galpon con fosa de descarga: con Estructuras metálicas, piso en concreto armado con acabado rustico, techo en láminas de zinc, electricidad industrial; 17.-) galpon de subproducto: con estructuras metálicas, piso en concreto armado con mallas de hierro, acabado rustico, techo en láminas de zinc, electricidad tipo industrial; 18.-) galpon para planta procesadora de maiz amarillo: con estructuras metálicas, piso en concreto armado, pared de bloque con friso rustico, electricidad tipo industrial; 19.-) obras civiles en romana: Fundaciones en concreto armado, rampas en concreto armado con acabado rustico; 20.-) planta procesadora de harina precocida, con rendimiento de 2 tn/hr; 21) galpon para planta de trillado de arroz. Construida con vigas y estructuras de concreto, de bloques de cemento, techo de pvc, piso de cemento, portón de láminas de hierro, con estructuras internas diseñadas para el funcionamiento de la planta trilladora; 22) galpón de tres naves para funcionamiento de planta de elaboracion de condimentos; 23) dos (02) silos horizontales, con capacidad de diez millones de kilos de almacenamiento, para recepcionar y almacenar arroz paddy. con concreto armado y hormigón, bloques de cemento en paredes, con friso rústico, equipado con sinfines transportadores a todo lo largo; techo de pvc, estrictamente cerrado; 24) tolva de recepción de arroz paddy: en concreto armado, con bloques de cemento rellenos, cabillas de media pulgada, con capacidad de recepción de noventa mil kilogramos por hora ( 90.000/hora); 25) acceso y estacionamiento a planta de condimentos: de piso de cemento con y doble malla truckson, con puente de acceso y su correspondiente drenaje; para un total de inversión en las mencionadas bienhechurias de treinta y cinco billones trescientos noventa mil millones de bolívares (35.390.000.000.000,00)
El solicitante acompaña junto a su escrito, los siguientes instrumentos:
1. Copia simple Registro de Comercio y estatutos de la empresa Procesos Agroindustriales Lucky C.A.. Marcado con la letra “A”, Cursante a los folios ocho (08) al dieciséis (16).
2. Copia simple de documentos que acreditan la propiedad del terreno sobre el cual se encuentra edificada las mejoras y bienhechurias. Marcado con la letra “B” , “C” y “D”, cursante a los folios diecisiete (17) al treinta y uno (31).
3. Copia simple de la cedula de identidad del representante de la empresa solicitante. Marcado co la letra “E”, inserto al folio treinta y dos (32).
4. Copia simple del RIF de la empresa solicitante. Marcado con la letra “F”
5. copias de fotografías respectivas de las bienhechurias descripta en la solicitud. Marcado con la letra “G”, inserto a los folios treinta y cuatro (34) al cincuenta y tres (53).
En fecha tres (03) de agosto de 2018, este Tribunal, dictó auto mediante el cual, le dio entrada a la solicitud, bajo el S-0457-A-18, se admitió y acordó fecha para la evacuación de testigos. Inserto al folio cincuenta y cuatro (54). Asimismo en fecha seis (06) de agosto de 2018 este Tribunal, levantó actas de evacuación de testigos, a los ciudadanos: Aída del Carmen Rodríguez y Oscar Daniel Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 8.662.803 y 10.138.644, respectivamente.
Ahora bien, la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud; la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte por el ciudadano, Simón Alberto Mesen Sira, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.692.541, en su condición de presidente de la empresa PROCESOS AGROINDUSTRIALES LUCKY, C.A., sobre un lote de terreno ubicada en la carretera Vía a la Ceiba, parcela S/N , Zona La Ceiba, Ospino, Municipio Ospino del estado Portuguesa. Aunado a lo anterior, este Juzgador observa, que de las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, se desprende que la empresa PROCESOS AGROINDUSTRIALES LUCKY, C.A., ha fomentado esas mejoras y bienhechurias agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por la empresa PROCESOS AGROINDUSTRIALES LUCKY, C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio), de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la empresa PROCESOS AGROINDUSTRIALES LUCKY, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Portuguesa, en fecha dieciocho (18) de febrero de 2015, quedando registrada bajo el Número 26, Tomo Nº 9-A, sobre las bienhechurias identificadas en la solicitud.
Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copias certificadas de dicha solicitud en el archivo de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, en Guanare, a los diez (10) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
El Juez Provisorio.



Abg. Marcos Eduardo Ordóñez Paz.-
El Secretario,



Abg. Yoan José Salas Rico.-
En la misma fecha, siendo las diez y cincuenta de la mañana (10:50 am.) se publicó y se registró la anterior decisión bajo el Nº , y se expidió copia certificada a los fines de su registro y archivo en el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado.-
El Secretario,



Abg. Yoan José Salas Rico.-



MEOP/YJSR/GP.-
Solicitud Nº 0457-A-18.-