Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOSÉ GREGORIO ORTEGANO ESCALONA Y KAREM VIRGINIA MEJIAS CAMPERO, por concepto de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, procedente de la Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico Especializada para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en beneficio de su hija xxx, en donde el padre se comprometió a cancelar la cantidad de tres mil bolívares Soberanos (Bs. S. 3.000,oo) mensuales, los cuales depositara los últimos de cada mes, así como el padre se comprometió a comprar la ropa y el calzado del 24 y la madre la del 31, de diciembre, de igual y los gastos de consultas medicas y medicamentos serán compartidos por ambas partes, así como ropa y calzado en el transcurso del año;