REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 2° de Juicio del Circuito Laboral del estado Portuguesa, sede Acarigua
Acarigua, 25 de enero de 2018
207º y 158º

ASUNTO: PP21-L-2016-000311

ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día de hoy 25 de enero de 2018, siendo la 09:30 a.m, oportunidad fijada para celebrar la audiencia oral y pública, en la causa, signada con el N° PP21-L-2016-000311, seguida por la ciudadana NORELYS LOPEZ, en contra de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. El acto fue anunciado por el alguacil, a la puerta de la sala de audiencia. Seguidamente se declaró constituido el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con la presencia del ciudadano Juez, abogado JAVIER ANTONIO TORREALBA GONZALEZ, con la asistencia de la Secretaria abogada YRBERT ALVARADO, del Alguacil CARLOS MENDOZA y del técnico audiovisual JUAN JAIMES. La Secretaria certificó la incomparecencia de la parte demandante, quien no compareció ni por sí ni por medio de representante legal o judicial alguno, así como la comparecencia de la parte demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., por medio de su apoderada judicial abogada MILAGRO JAIMES; en consecuencia, este Juzgador debe forzosamente aplicar las consecuencias jurídicas previstas en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dada la incomparecencia de la parte accionante, por tanto, este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: DESISTIDA LA ACCIÓN incoada por el ciudadano NORELYS LOPEZ, en contra de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., de conformidad con la norma invocada anteriormente. No hay condenatoria en costas, según lo estatuido en el artículo 61 de la Ley adjetiva Laboral. Es todo.
EL JUEZ DE JUICIO


ABG. JAVIER ANTONIO TORREALBA GONZALEZ


LA SECRETARIA,

ABG. YRBERT ALVARADO


LA DEMANDADA


EL TÉCNICO AUDIOVISUAL
El ALGUACIL