Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, realizada por la ciudadana Maria Francisca Canelón Briceño, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.396.588, asistida por la Abogada Ismarlyn Andreina Rodríguez Canelón, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 128.121, donde solicita se le declare a los ciudadanos Isidro Canelón Briceño, Domingo Canelón Briceño, Ignacio Canelón Briceño, Ángela Canelón Briceño, Olga Rosa Canelón Briceño, Rafael Humberto Canelón Briceño, Gladimir Canelón Briceño, Maria Coromoto Canelón Briceño, Juan José Canelón Briceño, Elena Canelón Briceño, Romelia Del Carmen Canelón Briceño, Antonio José Canelón Briceño, y a su persona, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.. V- 4.370.447, V- 4.370.797, V- 8.057.648, V-5.131.777, V-14.333.102, V- 8.866.717, V-9.250.688, V-9.253.005, V- 9.258.715, V-9.370.258, V-11.396.302, V-12.648.719 y V-11.396.588, en su condición de hijos ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante José Ángel Canelón Canelones, quien falleció Ab-intestato, el día Veinticuatro (24) de Diciembre del año Dos Mil Diecisiete (2017), a consecuencia de Paro Cardiaco Respiratorio; ECV Hemorrágico, en el Hospital Tipo I de Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos, Copia Certificada de Registro de Defunción del Causante José Ángel Canelón Canelones, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, actas de nacimientos con sus respectivas copias de cedula de los ciudadanos Isidro Canelón Briceño, Domingo Canelón Briceño, Ignacio Canelón Briceño, Ángela Canelón Briceño, Olga Rosa Canelón Briceño, Rafael Humberto Canelón Briceño, Gladimir Canelón Briceño, Maria Coromoto Canelón Briceño, Juan José Canelón Briceño, Elena Canelón Briceño, Romelia Del Carmen Canelón Briceño, Antonio José Canelón Briceño, y Maria Francisca Canelón Briceño emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del estado Portuguesa, documentos estos que demuestran que son sus hijos y por lo tanto herederos del Causante José Ángel Canelón Canelones. En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos Luís Carlos Barroeta Rubio y Maria Eudoxia Milla Zambrano, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.118.718 y 6.066.568, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud.