Tramitada como ha sido la presente solicitud de Título Supletorio interpuesta por los ciudadanos: Maria Evangelista Rodríguez Delgado y Denio Ramón Alvarado, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cedulas de identidad Nros. 10.849.760 y 4.603.235 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio José Miguel García Rojas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 268.562, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que el se contraen, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Juzgado por los ciudadanos Maria Narcisa García de Azuaje y Leovigildo Delacruz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 5.302.183 y 7.825.216, respectivamente, consta que la solicitante, ha venido poseyendo un lote de terreno propiedad de la Sucesión Gabaldòn, ubicado en el sector Las Malvinas, del Barrio San Francisco de esta población de Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, con una superficie aproximada de seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados (643m2), y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Calle principal Sector Las Malvinas; Sur: Rio Biscucuicito. Este: Ocupación de Coromoto Zerpa, Oeste: Ocupación de Narcisa Azuaje, han construido una casa la cual posee las siguientes características, fachada principal con paredes de bloques y rejas de hierro, porche, sala, tres habitaciones, cocina, comedor, garaje, un baño, con sus respectivas instalaciones eléctricas y sanitarias, aguas blancas y aguas servidas, con puertas y ventanas de hierro, construidas con paredes de bloques, techo de acerolit y zinc, pisos de cemento, y estructuras de concreto, la cual posee seis metros con cincuenta y cinco centímetros (6,55m) de frente, por catorce con setenta centímetros (14,70m) de fondo, para un área total de construcción de noventa y seis metros con treinta centímetros cuadrados (96,30m2), a sus solas y únicas expensas y con dinero de sus propio peculio y trabajo personal, invirtiendo la cantidad de diez millones de bolívares (Bs. 10.000.000,oo).
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