Vista la conciliación celebrada entre el ciudadano RICHAR ALBERTO ANDRADE BERBECI Y KATIUSKA ISNOELIS BERBECI GUDIÑO, venezolanos mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº. 24.144.221 Y 24.537.436 respectivamente, en beneficio de los niños XXXXXX Y XXXXXXX por concepto de Obligación de Manutención. Donde el padre de los niños, ciudadanos Richard Alberto Andrade Meriño, acordó pasarle la cantidad de ochocientos mil bolívares (Bs. 800.000,oo) mensuales, así como el 50% de los gastos en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para gastos de útiles escolares, uniformes y gastos decembrinos, así como el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero se las cancelara personalmente a la madre de mis hijos en cuenta bancaria;