Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ERICK JOSEPH ARAUJO MENDEZ y YOLEIDA MARIA DELGADO BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 12.960.473 y 15.588.023, respectivamente, en beneficio de su hijo xxx por concepto de Obligación de Manutención. Seguidamente el ciudadano Erick Joseph Araujo Méndez, ofreció pasarle la cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00) mensuales de obligación de manutención, adicionalmente víveres, el 50% en el mes de septiembre y diciembre para gastos de útiles, uniformes escolares y estrenos decembrinos, así como el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad, dichas cantidades de dinero serán depositadas en la cuenta personal de la madre de mi hijo