Vista la conciliación celebrada entre el ciudadano Alfredo José Manzanilla García y Gabielis Karina Dorante Valencia, venezolanos mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº. 19.185.927 y 24.143.849 respectivamente, en beneficio de la niña xxx, por concepto de Ofrecimiento de Obligación de Manutención. Donde el padre de la niño, ciudadano Alfredo José Manzanilla, acordó pasarle un mercado de frutas, verduras y víveres por la cantidad de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,oo) mensualmente, así como el 50% de los gastos ocasionados en el mes de diciembre para gastos decembrinos, de igual forma los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambas partes;