REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TURÉN, SANTA ROSALÍA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 04 de mayo de 2018
208° y 159°

DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: MARISELA VARGAS GARCÍA, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.951.777, de este domicilio, asistido por la Abogada en ejercicio CANDY VALENZUELA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.340.965, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 251.397. Solicita que le sirva oír en su Despacho a los testigos. De las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos CESAR MANUEL MORENO ARRIECHE y MIRIAM LOURDES VALENZUELA GARCÍA, mayores de edad, venezolanos, solteros, de este mismo domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 19.282.078 y V- 11.081.173, respectivamente.
Consta que la solicitante posee unas mejoras y Bienhechurías desde hace veinte años consistente en una casa de habitación familiar, con paredes de bloque, techo de zinc, pisos de cemento, una (1) sala comedor, dos (2) dormitorios, una (1) sala de baño, además un anexo con paredes de bloque, techo de zinc, pisos de cemento, una (1) sala comedor, un (2) dormitorio, una (1) sala de baño levantada sobre un lote de terreno propio de DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (208,98 Mts2), con área de contrucción de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS Y NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (98.96 Mts2), ubicada en la Avenida N° 5-A del Barrio “José Antonio Páez”, de la ciudad de Villa Bruzual, Municipio Turén del Estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos: NORTE: BIENHECHURÍAS QUE SON O FUERON DE Domingo Croce de 18.11 Mts. SUR: Bienhechurías que son o fueron de Rosa Hernández de 18, 11 Mts, ESTE: Avenida N° 5, Barrio “José Antonio Páez” (que es su frente), 11,54 MTs. OESTE: Bienhechurías que son o fueron de Nancy Rojas 11,54 Mts, según cédula catastral N° 18-14-01-U00-006-001-063, emanado de la dirección de catastro Municipal de la Alcaldía Bolivariana de Turén, de fecha 20 de julio del 2017, que invirtió la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (3.000.000,oo), equivalente a diez mil unidades tributarias (10.000 U.T)
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARISELA VARGAS GARCÍA, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Copias simple de Cédulas de Identidad de la solicitante y testigos, Cédula Catastral y certificado de empadronamiento y plano de mesura, emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro, Alcaldía Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Constancia de Residencia, Documento de Propiedad de terreno, para que la solicitante se provean del respectivo Título Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre la referida parcela de terreno. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Suplente Especial,
Abg. LILIA YELITZA VIZCAYA R. La Secretaria,
Abg. GLORIA S. BURGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de ________________ ( ) folios útiles.- Conste:
Solicitud Nº 14.804-2017
LYVR/GSBE/memo