REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 08 de Noviembre de 2018
Años: 208° y 159°
SOLICITUD Nº 01176-18
SOLICITANTE: MARIBEL RAFAELA ALDANA ARROYO ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.327.688
ABOGADO ASISTENTE: FERNANDO ANTONIO QUEVEDO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº v-13.759.395 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.257.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Vista y tramitada como ha sido la presente Solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana: MARIBEL RAFAELA ALDANA ARROYO ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.327.688, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio: FERNANDO ANTONIO QUEVEDO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº v-13.759.395 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.257, mediante el cual solicita que le sean declaradas bastantes para asegurar la posesión y propiedad de unas bienhechurías construidas sobre una Parcela de Terreno Municipal, mide: CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTÍMETROS (180,09 mts2)., que viene ocupado desde hace más de cinco (05) años, Ubicado en el Barrio las Américas, Sector 01, Calle 03, Avenida Páez, casa sin número, del Municipio Guanare, estado Portuguesa, a que ella se contrae. Acompañando a la solicitud los recaudos siguientes: Constancia de la Unidad de Mensura signada con el Expe. Nº043318, catastral: Nº18.04.01.032.0018.0015.0000.0000.0000, expedida por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Guanare, estado Portuguesa, copia simple de la cédula de identidad y la promoción de dos testigos que darán razón de sus dichos.
Evacuadas las justificaciones de las ciudadanos: : BRICEÑO BARRIOS JOSE LINO y VIERA MORILLO MARÍA GREGORIA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados, en la América Avenida Páez, Calle 03, casas/N, en Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.055.081y V-3.530.343, respectivamente por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana: MARIBEL RAFAELA ALDANA ARROYO; ya identificada, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre la Parcela de Terreno Municipal, Ubicada en el Barrio las Américas, Sector 01, Calle 03, Avenida Páez, casa sin número, del Municipio Guanare, estado Portuguesa, con un área de: CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTÍMETROS (180,09 mts2)., Y DE CONSTRUCCIÓN DE NOVENTA Y OCHO METROS CON DOCE CENTIMOS ( 98,12 m2), las bienhechurías consisten en; una (01) casa de habitación familiar, tipo quinta, construida con paredes de bloque frisada, piso de cemento, techo de platabanda, tres (03) habitaciones, sala cocina y comedor, un (01) baño, tres (03) puertas de hierro, cerca perimetral construida con bloques que delimitan la totalidad del terreno, dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C de Miria Siria con 13,80; SUR: Calle 03 con 13,80; ESTE: S/C de Argimiro Borguez con 13,05 ML y OESTE: S/C de Neyla Guedez con 13,05ML . Con un valor de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S 200.000,00)
Dejándose constancia que no fue presentado la autorización de la Alcaldía del Municipio Guanare, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio aquí solicitado. Concluidas estas actuaciones, devuélvanse en original con sus resultas.

La Jueza Cuarta de Municipio,
Abg. Beatriz de Jesús Ortiz.

La Secretaria,
Abg. Beatriz Mendoza.

Seguidamente se da cumplimento a lo ordenado y devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de 08 folios útiles. Entregado y firmado bajo en el Nº 01176- 18 del libro de solicitud. Conste.

La Stria,

BJO/JAEL MEJIA