REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 23 de Octubre de 2018
Años: 208° y 159°
SOLICITUD Nº 01167-18
SOLICITANTE: ALEXANDER MEJIA POSSO; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.041.634
ABOGADA ASISTENTE: LUZ REY DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.454.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Vista y tramitada como ha sido la presente Solicitud de Título Supletorio interpuesta por el ciudadano: ALEXANDER MEJIA POSSO; venezolano, divorciado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.041.634, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: LUZ REY DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.454., mediante el cual solicita que le sean declaradas bastantes para asegurar la posesión y propiedad de unas bienhechurías construidas sobre una Parcela de Terreno del Instituto Nacional Agrario Nacional (INTI), con un área de total de quinientos veintisiete metros cuadrados (527,00 mts2), que viene ocupado desde hace más de cinco (05) años, Ubicada en la Avenida Juan Pablo II, del Sector Negro Primero, Quebrada de la Virgen, de la Parroquia Virgen de Coromoto, del Municipio Guanare, estado Portuguesa, a que ella se contrae. Acompañando a la solicitud los recaudos siguientes: certificado de empadronamiento signado con el Expe. Nº123-18, de uso Residencial, NO CATASTRADO, expedida por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Guanare, estado Portuguesa, de fecha 01-10-2018, y la promoción de dos testigos que darán razón de sus dichos.
Evacuadas las justificaciones de las ciudadanos: : ILDEMARO JOSE DELGADO GONZALEZ y GREIBELYS COROMOTO ARRAEZ MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados, en la Urbanización La Gracianera, en Guanare, Municipio Guanare estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.811.529 y V-20.415.024, respectivamente por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado Oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle al ciudadano: ALEXANDER MEJIA POSSO; ya identificado, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre la Parcela de Terreno del Instituto Nacional Agrario Nacional (INTI), con un área de total de Quinientos Veintisiete Metros Cuadrados (527,00 mts2), Ubicada en la Avenida Juan Pablo II, del Sector Negro Primero, Quebrada de la Virgen, de la Parroquia Virgen de Coromoto, del Municipio Guanare, estado Portuguesa, consistente; una (01) casa de habitación familiar, estructuradas en una (01) habitación, paredes de bloque, piso de cemento, techo de platabanda, ventana tipo macuto, puertas de hierro, en su frente cerca ornamentales con portón de hierro, dos (02) salas baños piso de cemento, una escalera de hierro, fundaciones de cabillas y cemento, una media-agua con techo de zinc y piso de cemento, así como un sembradío de árboles frutales.., dentro de los siguientes linderos: NORTE: S/C que es o fue Joel Antonio Arroyo con ,12,50; SUR: Av. Juan Pablo II con 11,50; ESTE: Parcela del Sr. Arévalo Villegas con 44,24 ML y OESTE: S/C que es o fue de Joel Antonio Arroyo con 43,81ML . Con un valor de CUATROCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S 440.000,00)
Dejándose constancia que no fue presentado la autorización de la Alcaldía del Municipio Guanare, para que la solicitante se provea del respectivo Título Supletorio aquí solicitado. Concluidas estas actuaciones, devuélvanse en original con sus resultas.

La Jueza Cuarta de Municipio,
Abg. Beatriz de Jesús Ortiz.

La Secretaria,
Abg. Beatriz Mendoza.

Seguidamente se da cumplimento a lo ordenado y devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de 08 folios útiles. Entregado y firmado bajo en el Nº 01167- 18 del libro de solicitud. Conste.

La Stria,

BJO/JAEL MEJIA