PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa
Guanare, 02 de mayo de 2019
Años 209º y 160º
ASUNTO: PP01-V-2016-000008
DEMANDANTE: CONSEJO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES (CPNNA) Municipio Guanare estado Portuguesa, en beneficio del adolescente (Identificación omitida por disposición de ley), de diecisiete (17) años de edad.
DEMANDADA: YAJAIRA BERMUDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.926.018.
MOTIVO: COLOCACIÓN FAMILIAR (ENTIDAD DE ATENCIÓN) Ratificación de Medida Provisional.
Revisadas las actuaciones procesales contenidas en el presente expediente de jurisdicción contenciosa con motivo de COLOCACIÓN FAMILIAR (en Entidad de Atención) en beneficio del adolescente (Identificación omitida por disposición de ley), de diecisiete (17) años de edad, se evidencia que en fecha 12 de julio de 2017, el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, dicto sentencia de Colocación Familiar; en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en razón a la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare. RATIFICA la Medida Preventiva de Colocación familiar en beneficio del adolescente (Identificación omitida por disposición de ley), de diecisiete (17) años de edad, dictada en fecha 12 de julio de 2017 por este Tribunal. Cúmplase.-
La Juez,
Abog. María Clara Toro. El Secretario,
Abog. Alfredo José Oropeza Saavedra
MCT/Ajos /Katy Pacheco.-
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