LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 20 de Agosto de 2021
Años 211º y 162º
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DEÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana MIRIAN COROMOTO HERNANDEZ GRATEROL, asistida por la abogada Nairovic Coromoto Duran Hidalgo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad NrosºV.-17.305.639 inpreabogado N° 232.383, de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a ella y los ciudadanos JOHAN ENRIQUE BALDAYO HERNANDEZ, JHONATAN ALEXANDER BALDAYO HERNANDEZ, KARLA MAYKELIZ BALDAYO MONTES y CARLOS EDITZON BALDAYO MONTES, todos Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad NrosV.- 20.258.914, V.-26.378.012, V.-18.444.455 y V.-20.927.757,en su condición de esposa e hijos ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante CARLOS ENRIQUE BALDAYO DORANTE quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 9.115.853, quien falleció sin testamento (ab-intestato), el Dia Veinte de Junio de Dos Mil Veintiuno (20-06-2021), en el municipio Iribarren del Estado Lara . Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción, signada con el Nº 730, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral, correspondiente al causante: CARLOS ENRIQUE BALDAYO DORANTE. Copia fotostática de la cédula de identidad correspondiente al ciudadano CARLOS ENRIQUE BALDAYO DORANTE. Copia fotostática certificada del acta de Matrimonio de los ciudadanos, CARLOS ENRIQUE BALDAYO DORANTE y MIRIAN COROMOTO HERNANDEZ GRATEROL Copia certificadas de las partidas de nacimientos, correspondiente a los ciudadanos JOHAN ENRIQUE BALDAYO HERNANDEZ, JHONATAN ALEXANDER BALDAYO HERNANDEZ, KARLA MAYKELIZ BALDAYO MONTES y CARLOS EDITZON BALDAYO MONTES y Copia fotostática de las cedulas de identidad de las ciudadanos MIRIAN COROMOTO HERNANDEZ DE BALDAYO, JOHAN ENRIQUE BALDAYO HERNANDEZ, JHONATAN ALEXANDER BALDAYO HERNANDEZ, KARLA MAYKELIZ BALDAYO MONTES y CARLOS EDITZON BALDAYO MONTES.
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: LUIS ANTONIO MATOS MONTILLA y ANNY NORIELVI DURAN HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.117.032 y 13.960.262, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MIRIAN COROMOTO HERNANDEZ DE BALDAYO, JOHAN ENRIQUE BALDAYO HERNANDEZ, JHONATAN ALEXANDER BALDAYO HERNANDEZ, KARLA MAYKELIZ BALDAYO MONTES y CARLOS EDITZON BALDAYO MONTESdel Causante: CARLOS ENRIQUE BALDAYO DORANTE vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Eléazar Quintero V.
El Secretario Temporal,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.Conste.
Solicitud N° 4.707-21
Fernando Rojas.-
|