REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiuno (2.021)
210º y 161º
ASUNTO: KP02-F-2021-000014

SOLICITANTES: JUAN DE LOS ANGELES SUAREZ VALENZUELA, LEIDY A. MORENO F., y PAULA DEL CARMEN CAMACHO, Venezolanos, mayores de edad, el primero y la última titulares de la cedula de identidad Nº. 9.608.671, 18.779.005.
ABOGADA ASISTENTE: FANNY CÁCERES, Inpreabogado Nº 306.041.
MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA


Vista la solicitud de PARTICION Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos JUAN DE LOS ANGELES SUAREZ VALENZUELA, LEIDY A. MORENO F., y PAULA DEL CARMEN CAMACHO, Venezolanos, mayores de edad, el primero y la última titulares de la cedula de identidad Nº. 9.608.671, 18.779.005, asistido por la abogada Fanny Cáceres, Inpreabogado Nº 306.041; este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del estado Lara en forma exclusiva y excluyente, por tratarse de una pretensión de jurisdicción voluntaria, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la materia.
En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre uno de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del estado Lara.
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Despacho, en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021). Años: 210º y 161º.
La Juez,

Abg. Belén Beatriz Dan Colmenárez

El Secretario,

Abg. Carlos Gabriel Espinoza Torres


BBDC/CGET/ihp.-