REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Biscucuy, 13 de mayo de 2021
211º y 162º

Tramitada como ha sido la presente solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana Zenaida David Fernández, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de las cedula de identidad Nº V- 12.011.410, debidamente asistido por el abogado Wilmer Alexander Guedez Bravo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 245.092, donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que él se contrae, de las declaraciones contestes rendidas por ante este Tribunal por los ciudadanos Diony Manuel Godoy Monsalve y Deivy Antonio Urbina González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 12.494.158 y 13.119.966, respectivamente, consta que la solicitantes desde hace más de diez (10) años han venido poseyendo un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicadaen el Sector II, calle 3 entre carrera 3 y 4 de la Parroquia Uvencio Antonio Velásquez Municipio Sucre, estado Portuguesa, con un área aproximada de cuatrocientos dieciséis metros cuadrados con sesenta y cuatro centímetros (416,64mts2), cuyos linderosson los siguientes: Norte: Ocupaciónde Alester Hidalgo, Sur: Ocupación de Albina Bastidas, Este: Calle Principal; y Oeste:Ocupación de Marisol David y Noralbis Briceño, ha construido unas bienhechurías consistentes en: Un local comercial con paredes de bloque frisada y pintada, techo de zinc, pisos de cemento, con una (01) cocina de restaurant, un (01) sala de pool, dos (02) baños, una (01) cancha de bolas, las paredes perimetrales son propiedad del inmueble ante descrito, con sus respectivas instalaciones electicas y sanitarias y otras mejoras, a sus solas y únicas expensas y con dinero de su propio peculio y trabajo personal invirtiendo en su construcción la cantidad de Trescientos millones de Bolívares (Bs. 300.000.000,00).
Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle ala ciudadana Zenaida David Fernández, ya identificado el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Constancia de Certificación de Medidas y Linderos, expedido por la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Sucre del estado Portuguesa, en fecha treinta (30) de Abril del año 2021, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.

Abg. Yaneth García González.
La Secretaria.

Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas. Conste.
Solicitud Nº 4750/2021
Naileth Orellana