REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 26 de Noviembre de 2021
Años: 211º y 162º
Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por el ciudadano HEBERT JOSUE PÉREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-30.171.250, de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio María Valero, venezolana, mayor de edad, Impreabogado N° 239.097, de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a el y al ciudadano HEBERT GIOVANNY PÉREZ LEO, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° V.-14.570.192, en su condición de hijo y esposo, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante CLAUDIA COROMOTO PÉREZ COLMENARES, quien era venezolana, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 13.329.158, quien falleció sin testamento (ab-intestato), el día veintidós de Mayo de Dos Mil veinte (22-05-2020), en el Municipio Guanare del Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.

Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción, signada con el Nº 364, Folio Nº 119, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral, correspondiente a la causante: CLAUDIA COROMOTO PÉREZ COLMENARES . Copia fotostática de la cédula de identidad correspondiente al ciudadano HEBERT JOSUE PÉREZ PEREZ.Copia fotostática certificada del acta de Matrimonio de los ciudadanos, HEBERT GIOVANNY PÉREZ LEO Y CLAUDIA COROMOTO PÉREZ COLMENARES, signada con el Nº 320, Folio 122. Tomo 2.Copia Certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano HEBERT JOSUE PÉREZ PEREZ

En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos:MARCIA ELIVAL MOLINA SAQUERA yMARÍA INÉS HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 11.399.842y 17.509.817, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanosHEBERT JOSUE PÉREZ PÉREZ y HEBERT GIOVANNY PÉREZ LEO,la cualidad de Únicos Y Universales Herederos de la Causante: CLAUDIA COROMOTO PÉREZ COLMENARES, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,

Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario Temporal,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.Conste.

Solicitud N° 4.700-21
Jezabet.-