LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Guanare, 15 de Octubre de 2021
Años 211º y 162º


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana MEILYN ANDRINA RODRÍGUEZ GORDILLO, asistida por la abogada Gerardin Amanda Ortega López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad NrosºV.-18.899.753 inpreabogado N° 198.139, de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a ella en su condición de hija como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante YUMAR JOSÉ RODRÍGUEZ NELO, quien era venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº 9.255.438, quien falleció sin testamento (ab-intestato), el Día Veintiséis de Junio de Dos Mil Ocho (26-06-2008), en el municipio Guanare del Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.


Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción, signada con el Nº 354,Folio N° 365, Tomo N° 1, emitida por el Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, correspondiente al causante: YUMAR JOSÉ RODRÍGUEZ NELO. Copia fotostática de la cédula de identidad correspondiente al ciudadano YUMAR JOSÉ RODRÍGUEZ NELO. Copia fotostática certificada del la Sentencia de Divorcio de los ciudadanos, YUMAR JOSÉ RODRÍGUEZ NELO y YAJAIRA JOSEFINA GORDILLO ROJAS. Copia certificada de la partida de nacimiento, correspondiente a la ciudadana MEILYN ANDRINA RODRÍGUEZ GORDILLO y Copia fotostática de la cedula de identidad de la ciudadana MEILYN ANDRINA RODRÍGUEZ GORDILLO. Copia fotostática certificada de la partida de Nacimiento de la ciudadana MEILYN ANDRINA RODRÍGUEZ GORDILLO.

En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: RAFAEL JOSÉ PÉREZ RIVERO Y MARINA DE LA ENCARNACIÓN MONSALVE HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.254.873 y 10.050.934, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.

Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: MEILYN ANDRINA RODRÍGUEZ GORDILLO del Causante: YUMAR JOSÉ RODRÍGUEZ NELO vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.


El Juez Provisorio,

Abg. Jorge Eléazar Quintero V.
El Secretario Temporal,
Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.Conste.

Solicitud N° 4.725-21
Gabriela.-