REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DEL ESTADO
TRUJILLO.
Guanare; quince (15) de Febrero de 2022.
Años: 211° y 162°.
Vista la solicitud interpuesta por la ciudadana, LUISANA COROMOTO SCHWAB MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 26.077.941; representada por la apoderada judicial, abogada CARMEN JULIA MONTILLA ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 214.643; en la cual requiere se decrete Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), sobre unas mejoras y bienhechurias, fomentadas sobre un lote de terreno ubicado en el terreno denominado “La Coromotana”, con una extensión de CIENTO CINCUENTA Y SIETE HECTAREAS CON SEISMIL CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (157 has CON 6.136 m2); ubicado en el sector La Hoyada, parroquia Guanarito, del Municipio Guanarito del estado Portuguesa, dentro de los siguientes linderos NORTE: Terrenos ocupados por Rosalio y Víctor Modesto Rodríguez, SUR: Carretera engranzonada y terrenos ocupados por Tiotiste Rodríguez, José Guevara y Juvenal León, ESTE: Terreno ocupado por Aloig Schwab, y OESTE: Terreno ocupado por Víctor Modesto Rodríguez; la cual fue adquirida mediante Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario, número: 18243121618RAT1004639; propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI); consistentes en: Una (01) casa principal, conformada por un sistema estructural tradicional, losa de funcionamiento con malla Trunckson, viga de riostra, machones y vigas. 210kg/cm2, techo de láminas de acerolit sobre estructuras de madera de teca, piso de cemento revestido con granito pulido, paredes de bloques huecos de concreto, friso interior y exterior con mortero de cemento de acabado liso, baño, cocina revestidos con cerámica nacional. Una (01) puerta principal de madera maciza pulida, con ventana tipo batiente con protectores de hierro, lavamanos, con una llave, una (01) batea y fregadero prefabricado, corredores perimetrales. Cuatro (04) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala, cocina, comedor, con protectores de hierro y portón con un (01) área de construcción de 390m2, dos (02) galpones para maquinarias, construido con estructura de metal sobre piso de tierra, cubierta de techo de láminas de zinc sobre correas metálicas de tubos 2x2, con portón de hierro y puerta de metal, con una área de construcción de 312m2. Tres (03) depósitos de herramientas y tortillería: construida con estructura de metal, sobre piso de cemento. Tres (03) depósitos de repuestos y semillas. Seis (06) pozos profundos de agua, a 9 metros de profundidad. Siete (07) depósitos de partes, herramientas e insumos. Ocho (08) cobertizos de lavadero-parrillera. Nueve (09) cobertizos con estufa de ladrillo adosada. Diez (10) cobertizos para cochinera. Adicional, una (01) instalación para cochinera construida con paredes de bloques y estructura de hierro. Tendido eléctrico monofásico en baja tensión con transformador de 15KVA. Una (01) manga de 12 mts y (01) embarcadero de madera. Una (01) estructura de un corral de madera. Una (01) construcción de madera y zinc. Ganado de ceba, sesenta y seis (66) animales machos (mautes), una (01) vaca y una (01) mauta, marcadas con su respectivo hierro, un (01) caballo y cuatro (04) yeguas, veinte (20) cochinos, treinta (30) gallinas, dos (02) patos, once (11) ovejos. Seis (06) potreros, divididos con 2 cuerdas de cerca eléctrica y 2 de púa. Dos (02) tanques para gasoil, y dos (02) tanques de agua, uno (01) aéreo y uno (01) de cemento.
El solicitante acompaña junto a su escrito, los siguientes instrumentos:
1. Copia simple del Título de adjudicación Socialista Agrario y carta de Registro Agrario, número: 18243121618RAT1004639. Cursante a los folios tres (03) al cuatro (04).
2. Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana LUISANA SCHWAB MONTILLA. Inserta en el folio cinco (05).
3. Copia simple del Plano Topográfico del predio denominado “LA COROMOTANA” de la ciudadana, LUISANA SCHWAB MONTILLA. Riela a los folios seis (06) al siete (07).
En fecha dos (02) de diciembre de 2021, este Tribunal, dictó auto mediante el cual le dió entrada a la solicitud, bajo el número S-0595-A-21; admitió la presente solicitud y acordó la práctica de la inspección judicial. Inserto al folio ocho (08).
Cursante de los folio nueve (09), en fecha diecinueve (19) de enero de 2022, se levantó Acta de Inspección Judicial. Asimismo, en fecha veinticinco (25) de enero de 2022, se recibió diligencia de la abogada CARMEN JULIA MONTILLA ALVAREZ, mediante la cual, consignó fotografías tomadas en la inspección judicial, riela a los folios diez (10) al folio catorce (14).
Riela a los folios veinte (20) al veintiuno (21), en fecha once (11) de febrero de 2022, se levantó actas de evacuación de testigos a los ciudadanos, María Elena Mendoza y Héctor Jesús Figueroa.
Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se pudo constatar, por medio de la inspección judicial, ordenada de oficio por este Tribunal, en el predio descrito por la solicitante, denominado “LA COROMOTANA”, ubicado en el sector La Hoyada, parroquia Guanarito, del Municipio Guanarito del estado Portuguesa; la existencia de las mejoras y bienhechurías descritas en la solicitud; la tenencia por parte de la ciudadana LUISANA COROMOTO SCHWAB MONTILLA, ha fomentado esas mejoras y bienhechurías agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por la ciudadana LUISANA COROMOTO SCHWAB MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 26.077.941, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio), de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana LUISANA COROMOTO SCHWAB MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 26.077.941; sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud.
Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copias certificadas de dicha solicitud en el archivo de este Juzgado, y otro juego a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, en Guanare, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
El Juez Provisorio.
Abg. Marcos Eduardo Ordóñez Paz.-
El Secretario,
Abg. Yoan José Salas Rico.-
En la misma fecha, siendo las dos y veinte minutos de la tarde (02:20 p.m.) se publicó y se registró la anterior decisión bajo el Nº 1610, y se resguarda archivo digital a los fines del copiador de sentencias llevado por éste Juzgado.-
El Secretario,
Abg. Yoan José Salas Rico.-
MEOP/YJSR/ElimarB.-
Solicitud Nº 0595-A-21.-