REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Chabasquén, 28 de Julio de 2022
Años: 212º y 163°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, interpuesta por la ciudadana: MARISBELY DOMINGA ORTEGANO DE DELFIN venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.629.331, domiciliada en Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, actuando en su propio nombre y por sus propios derechos y asumiendo la representación de las hijas de su esposo, en su condición de herederos, originada por su difunto esposo y asistida por el abogado Edgar Montilla Jaramillo. Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº233.891, donde solicita se le declare a ellas en su condición de hijas y Esposa del causante: ENRIQUE DELFIN COLMENARES, como Únicos y Universales Herederos quien falleció Ab-intestato, el día Nueve (09) de Junio del año dos mil veintidós (09-06-2.022), en el Hospital Dr. Miguel Oraá de la Ciudad de Guanare del Estado Portuguesa. Y cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que, cumplidos los requisitos no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presento la parte interesada. Consta en autos, Acta de Defunción del Causante: ENRIQUE DELFIN COLMENARES, expedida por la unidad de Registro Civil Municipal del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, Partida de Nacimiento de las hijas procreadas ciudadanas: MARIELBYS DEL VALLE DELFIN ORTEGANO y MAREHIDYST EDUVIGHT DELFIN ORTEGANO y acta de matrimonio con la ciudadana: MARISBELY DOMINGA ORTEGANO DE DELFIN, documentos estos que demuestran que los mencionados ciudadanos, son los herederos del referido causante. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: ROSARIO MARIA BASTIDAS GONZALEZ y ALLENCY TOBIAS HERNANDEZ LACRUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 9.379.075 y V-13.328.880 Respectivamente, domiciliados ambos en el Municipio Sucre del Estado Portuguesa, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud. Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 936 en concordancia con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a las ciudadanas: MARIELBYS DEL VALLE DELFIN ORTEGANO, MAREHIDYST EDUVIGHT DELFIN ORTEGANO y MARISBELY DOMINGA ORTEGANO DE DELFIN la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: ENRIQUE DELFIN COLMENARES vocación hereditaria que le viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículo 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
Dios y Federación.
El Juez provisorio,
Abg. Duvelys Ramón Briceño Juárez
El Secretario,
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de Dieciocho (18) folios. Conste.
El Secretario,
Abg. Luis Enrique Briceño Rojas
Solicitud N° 72/2022.
|