REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


Guanare, 02 de Junio del 2022
Años: 212° y 163°



SOLICITUD: Nº 01529-22

SOLICITANTE: Delgado de Pérez Zolanda Ysabel, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.256.209, de este domicilió.

ABOGADO ASISTENTE: Rafael María Pérez, venezolano, de este domicilio, inscrito en el Instituto de previsión social del Abogado bajo el Nº 139.532.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

Vista y tramitada como ha sido la presente Solicitud de Título Supletorio interpuesta por la ciudadana Delgado de Pérez Zolanda Ysabel, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.256.209, de este domicilió. Asistida por el Abogado: Rafael María Pérez, venezolano, inscrito en el Instituto de previsión social del Abogado bajo el Nº 139.532, de este domicilio, mediante la cual solicita que le sean declaradas bastantes para asegurar la posesión y propiedad de unas bienhechurías construidas sobre: (Una Parcela de Terreno Propio) Ubicada en el barrio El Cambio, calle 2, jurisdicción del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, Acompañando a la solicitud los recaudos siguientes: documento protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios Guanare, Papelón y san Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, de fecha (25) de Octubre 2012, bajo el Nº 5217, folio 8137 del primer trimestre del año 2010. Constancia de mensura emitida por la Oficina Municipal de Catastro referente al inmueble identificado; Exp. 103-10, Código Catastral Nº 18-04-01-29-07-19.

Evacuadas la justificación de las ciudadanas: Mejías Luque Geronima del Carmen, venezolana, edad: (74) años, Profesión u Oficio: Jubilada del Ministerio de Educación, titular de la cédula de identidad Nº V-9.258.673 y Andrades Briceño Yanett Esperanza, venezolana, edad: (50) años, Profesión u Oficio: Oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-11.403.076; previamente identificadas y juramentadas, por ante éste Tribunal, al ser conteste sus dichos y al no haberse realizado oposición alguna sobre el mismo, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, y de conformidad con dispositivo legal del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas justificaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana Delgado de Pérez Zolanda Ysabel, Venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.256.209, de este domicilió, ya identificada, posesión y propiedad de las bienhechurías construidas sobre (Una Parcela de Terreno Propio) Ubicada en el barrio El Cambio, calle 2 jurisdicción del Guanare del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, con un área de terreno de CUATROCIENTOS VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (429,40 Mts2), para un área de construcción de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (130,73 M2) así como también un área anexa de construcción de CUARENTA METROS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS (40,33 M2) para una área total de construcción de CIENTO SETENTA Y CUATRO CON CINCO CENTIMETROS (174,05 M2), Las descritas bienhechurías tienen las siguientes características; una (01) casa de habitación con techo de acerolit, porche, dos habitaciones una con baño interno y puertas de madera, un baño externo, sala, comedor, cocina, un área de servicio, ventanas con marco de hierro y vidrios, piso de cemento pulido, con machones, paredes de bloques y puertas d hierro, garaje techado con acerolit, servicio de alumbrado eléctrico, cerca perimetral de bloque, así como también el área de construcción anexa tiene las siguientes características, tres (03) habitaciones con techo de acerolit, baños internos, ventanas con marco de hierro y vidrios, puertas de hierro, piso de cemento pulido con machones y paredes de bloque, Dentro de los siguientes linderos: Norte; solar y casa de Elizabeth Rojas con (22,60 ml) Sur: solar y casa de Yolanda Castillo con (22,60 ml) Este: calle 2 con (19,00 ml) Oeste: solar y casa de María Feliciana Rosales con (19.00 ml).
Concluidas estas actuaciones, devuélvanse en original con sus resultas.


El Juez Suplente Cuarto de Municipio,



Abg. Jhoel Santiago Fernández Gallardo




La Secretaria Temporal,


Abg. Maerlys Escalona



Seguidamente se da cumplimento a lo ordenado y devuelven estas actuaciones originales con sus resultas constante de ( ) folios útiles. Entregado y firmado bajo en el Nº 01529-22 del libro de solicitud. Conste.


La Stria: