REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS TUREN, SANTA ROSALIA Y ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Villa Bruzual, 21 de junio de 2022

212° y 162°
DECRETO

Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO,
interpuesta por los ciudadanos: VICTOR MANUEL GIMENEZ y HERBERT FRANZ
BLECHNER, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad
números 3.860.815 y 10.641.139, respectivamente, debidamente asistidos, por el ciudadano
MANUEL PÈREZ P., titular de la cédula de identidad Nº 5.940.133, abogado en ejercicio
de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30933. Solicita que les sirva oír en
su Despacho a los testigos de las declaraciones rendidas por ante este Tribunal por los
ciudadanos SÁNCHEZ SÁNCHEZ ANASTACIO RAMON y GIL QUERALES
CESAR RICARDO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 9.045.130 y V-
10.139.510, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio.
Consta que han construido y fomentado a sus solas y únicas expensas y con dinero de
su exclusivo peculio, unas Bienhechurìas consistentes en: Un galpón signado con el número
uno (1) el cual responde a las siguientes características: Posee una área total de Trecientos
Treinta y Tres metros cuadrados con Treinta y Cuatro Centímetros (333,34m2), techo de
Acerolit con estructura de Hierro, paredes de Bloque frisadas y pintadas, piso de cemento,
cinco ventanas de hierro que miden 0,75x2,10 metros cada una, Un portón de acceso de
hierro que mide Seis metros y una puerta de Hierro con acceso que mide 0,90x1,90 metros
con su respectiva pintura. En el interior del referido galpón se construyeron las siguientes
mejoras y Bienhechurìas: Consta de tres oficinas: Oficina numero uno: que mide once
metros cuadrados con treinta centímetros (11,30m2) y consta de paredes de bloque, techo
de platabanda, tres ventanas de hierro con su respectivo marco protector de hierro el cuales
miden 1,53x1,20 metros; 0,95x0,60 metros y 0,95x0,60 metros respectivamente, un baño
que mide cinco metros cuadrados con dos centímetros (5,2m2) con piso y paredes
revestidas de cerámica, una poceta, un lavamanos, con su respectiva ventana que mide
0,65x1,90 metros. Oficina numero Dos: que mide siete metros cuadrados (7m2) consta de
paredes de bloque, techo de platabanda, piso de cemento revestido con cerámica. Una venta
DE 1,00X0,65 metros, una puerta que mide 0,90x1,80 metros, un baño que mide cuatro
metros cuadrados con sesenta y dos centímetros (4,62m2) que consta de paredes de bloque
con piso de cemento revestido de cerámica, Un (1) sanitario, un (1) lavamos, una (1) ducha,
con una puerta de vidrio que mide 0,90x1,80 metros. Oficina signada con el número tres
(3): con un área total de diecisiete metros con cuarenta centímetros cuadrados paredes de
bloque, piso de cemento revestidas con cerámica, techo de platabanda, una ventana que
mide 0,95x0,65 metros; puerta de metal con vidrio que mide 0,90x1,90 metros. Un

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deposito con un área total de veinticuatro metros cuadrados con ochenta centímetros
(24,80m2) el cual consta de piso de cemento, paredes de bloque, un portón de acceso que
mide 2,20x2,25m; y una ventana de hierro que mide 2,00x0,95 metros. Una mezanina con
un área total de veinticinco metros cuadrados con cuarenta y dos centímetros (25,42m2),
consta de una escalera de hierro para su acceso desde la planta inferior, piso de cemento,
techo de Acerolit, una ventana que mide 1,70x2,00 y una puerta que mide 0,90x1,95
metros; otra puerta de hierro que mide 1,00x1,95 metros. El mencionado galpón se
encuentra construido sobre una parcela de terreno perteneciente al Instituto Agrario
Nacional (Hoy INTI), de forma irregular que mide novecientos cincuenta y siete metros
cuadrados con treinta y seis centímetros (957,36m2) ubicada en la Colonia Agrícola de
Turén de la población Villa Bruzual, Turén, Municipio del Estado Portuguesa, con los
siguientes linderos particulares: Norte: terrenos del Instituto Agrario Nacional; Sur: terreno
y galpón propiedad de la señora de Rosa Pérez Manna; Este: Terreno y galpón de la señora
Rosa Pérez de Manna y Oeste: Carretera Nacional. Para la construcción y fomento de las
indicadas Bienhechurìas, invirtieron de su dinero propio de su peculio la cantidad de
CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (5.500.000.00 Bs). Que el
galpón aquí descrito fue construido en el año 2000.
Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando
Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil
declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: VICTOR
MANUEL GIMENEZ y HERBERT FRANZ BLECHNER, ya identificados, el derecho
de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes descritas, quedando a
salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Cédula Catastral y plano
de mensura, emitidos por la Oficina de la Dirección de Catastro Comunal, Alcaldía
Bolivariana del Municipio Turén, Estado Portuguesa, Copias simple de Cédulas de
Identidad de los solicitantes, para que los solicitantes se provean del respectivo Título
Supletorio sobre las bienhechurías construidas sobre la referida parcela de terreno.
Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,

Abg. ANGELA M. SOSA R. La Secretaria,

Abg. GLORIA S. BUEGOS E.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de
________________ ( ) folios útiles.- Conste: